Decreto Nº 1074 - Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
Country
Type of law
Regulation
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Date of latest amendment
Abstract
El presente Decreto, considerando que la racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico es una de las principales herramientas para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y para afianzar la seguridad jurídica, y que constituye una política pública gubernamental la simplificación y compilación orgánica del sistema nacional regulatorio, expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, cabeza del sector, tiene como objetivo primordial dentro del marco de su competencia: formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de desarrollo económico y social del país, relacionadas con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior de bienes, servicios y tecnología, la promoción de la inversión extranjera, el comercio interno y el turismo; y ejecutar las políticas, planes generales, programas y proyectos de comercio exterior.
El Sector Comercio, Industria y Turismo cuenta con el Fondo Colombiano de Modernización y Desarrollo Tecnológico de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fomipyme), que tiene como objetivo aplicar instrumentos financieros y no financieros, estos últimos, mediante cofinanciación no reembolsable de programas, proyectos y actividades para la innovación, el fomento y promoción de las Mipymes, y el Fondo Nacional de Turismo (Fontur).
El Sector Comercio, Industria y Turismo cuenta, entre otros, con los siguienes organismos de asesoría de la administración: el Consejo Superior de Comercio Exterior, el Consejo Superior de Microempresa y de la Pequeña y Mediana Empresa, el Consejo Nacional de Protección al Consumidor, el Consejo Superior de Turismo, el Consejo Consultivo de la Industria Turística, el Consejo Nacional de Seguridad Turística, el Consejo Profesional de Guías de Turismo, los Comités Locales para la Organización de las Playas, el Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación, la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación, la Comisión Intersectorial de la Calidad, la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual, y la Comisión Intersectorial para Proyectos Estratégicos del Sector de Comercio, Industria y Turismo.
El Sector Comercio, Industria y Turismo cuenta con el Fondo Colombiano de Modernización y Desarrollo Tecnológico de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fomipyme), que tiene como objetivo aplicar instrumentos financieros y no financieros, estos últimos, mediante cofinanciación no reembolsable de programas, proyectos y actividades para la innovación, el fomento y promoción de las Mipymes, y el Fondo Nacional de Turismo (Fontur).
El Sector Comercio, Industria y Turismo cuenta, entre otros, con los siguienes organismos de asesoría de la administración: el Consejo Superior de Comercio Exterior, el Consejo Superior de Microempresa y de la Pequeña y Mediana Empresa, el Consejo Nacional de Protección al Consumidor, el Consejo Superior de Turismo, el Consejo Consultivo de la Industria Turística, el Consejo Nacional de Seguridad Turística, el Consejo Profesional de Guías de Turismo, los Comités Locales para la Organización de las Playas, el Comité Ejecutivo de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación, la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación, la Comisión Intersectorial de la Calidad, la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual, y la Comisión Intersectorial para Proyectos Estratégicos del Sector de Comercio, Industria y Turismo.
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Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Notes
Última fecha de actualización: 30 de enero de 2024.
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 49.523, 26 de mayo de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Amends
Amended by
Implements