This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto Nº 568 - Crea el impuesto solidario por el COVID 19 dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto crea con destinación específica para inversión social en la clase media vulnerable y en los trabajadores informales el impuesto solidario por el COVID 19, que será trasladado al Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) al que se refiere el Decreto Nº 444 de 2020. El valor del impuesto solidario por el COVID 19 podrá ser tratado como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional en materia del impuesto sobre la renta y complementarios.
El recaudo y traslado del aporte solidario voluntario por el COVID 19 estará a cargo de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). El aporte solidario voluntario por el COVID 19 se recaudará mediante el mecanismo de la retención en la fuente y será trasladado al Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME).
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No