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Ley 789 de 2002 – Definición Sistema de Protección Social.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente ley define el sistema de protección social como un sistema que constituye como el conjunto de políticas públicas orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, especialmente de los más desprotegidos, y para obtener como mínimo el derecho a: la salud, la pensión y al trabajo. Se crea el Fondo de Protección Social como una cuenta especial de la Nación, cuyo objeto será la financiación de programas sociales que el Gobierno Nacional defina como prioritarios.
Adentro del Sistema de Protección, como mecanismos de intervención en la economía, se crean varios regímenes: un régimen de subsidio al empleo, un régimen de protección al desempleado, un régimen especial de aportes para la promoción del empleo, régimen de organizaciones y funcionamiento de las cajas de compensación familiar. El régimen de subsidio al empleo para la pequeña y mediana empresa crea un subsidio temporal del empleo administrado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como mecanismo contra cíclico y de fortalecimiento del mercado laborado. Además, se crea un régimen del subsidio familiar en dinero para los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adentro del régimen de protección al desempleado, se crea un régimen de apoyo para desempleados con vinculación anterior y sin vinculación anterior a las cajas de compensación familiar y se define los plazo y condiciones a partir de los cuales se reconocerán los subsidios. Para la promoción del empleo, se establece que los empleadores que vinculen trabajadores adicionales a los que tenían en promedio en el año 2002 con características o condiciones enumeradas en la ley, siempre que estos no devenguen más de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes estarán excluidos del pago de los correspondientes aportes al Régimen del Subsidio Familiar Servicio Nacional del Aprendizaje, SENA e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF. Se define las funciones de las cajas de compensación, la liquidación de las Cajas de Compensación Familiar y las funciones y facultades de la Superintendencia del Subsidio Familiar. Además, se crea un régimen de afiliación voluntaria para expansión de cobertura de servicios sociales y un régimen de Transparencia.
También se actualiza la relación laboral y la relación de aprendizaje y se define las protecciones de aportes. Se define trabajo ordinario y nocturno, trabajo dominical y festivo, compensación en dinero de vacaciones, y terminación unilateral. Se crea el Fondo Emprender, FE, como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial 45.046 de 27 de Diciembre de 2002.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No