Ley N⁰ 2227 - Por medio de la cual se crea el Fondo de Estabilización de precios de la panela y mieles y se dictan otras disposiciones.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley crea el Fondo de Estabilización de Precios de la panela y mieles, el cual operará conforme a los términos que se establecen en la presente Ley, o en su defecto por la Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero (Nº 101 de 1993). El objeto del fondo será adoptar mecanismos necesarios para contribuir a estabilizar el ingreso de los productores de panela.El Fondo será administrado por la Federación Nacional de paneleros FEDEPANELA, a través de un contrato específico suscrito con el Gobierno Nacional. El producto agrícola objeto de estabilización será la panela cuadrada, rectangular o redonda de 500 gramos o sus equivalentes y las mieles en sus equivalentes en panela. Los beneficiarios serán los productores de panela debidamente registrados en el Sistema de Información panelero. Los precios objeto de estabilización a través de los mecanismos que se adopten, serán los precios internos que se paguen a los productores paneleros; se deberá garantizar los costos mínimos de producción de la panela estimados por FEDEPANELA. Se establecen normas sobre la administración; conformación y competencias del comité directivo; fuentes de financiación del Fondo; rendición de cuentas; etc.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No