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Decreto Ejecutivo N° 44558-MINAE - Reforma Reglamento a la Ley Forestal.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
Con este Decreto se incorpora un nuevo artículo 62 al Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE. Los planes o proyectos de pago por servicios ambientales o ecosistémicos en Bosques de Mangle, se regularán de la siguiente manera: a) En virtud de la importancia ecológica de los bosques de mangle, como ecosistemas de alta biodiversidad marina y terrestre se autoriza la ejecución de planes o proyectos de pago por servicios ambientales o ecosistémicos como mecanismos de reconocimiento a las acciones que realicen las comunidades rurales organizadas que ejecutan una explotación sostenible y debidamente autorizados por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación. b) Las acciones a reconocer bajo este mecanismo son el aprovechamiento sostenible de moluscos, crianza de moluscos, monitoreo del ecosistema y/o del recurso, acciones de vigilancia y reforestación o rehabilitación de bosques de mangle, en aquellas zonas que lo ameriten y correspondan. c) Estos mecanismos serán ejecutados de forma conjunta, colaborativa y coordinada entre el Ministerio de Ambiente y Energía, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal y la entidad financiadora y facilitadora, por medio de un Acuerdo de Cooperación donde se establecerán los roles de cada parte y los elementos, de operatividad, coordinación, supervisión, aspectos técnicos, ubicación, montos y los detalles del mecanismo. d) Este mecanismo será financiado con los recursos que para tal fin sean facilitados por la cooperación nacional, cooperación internacional, el Ministerio de Ambiente y Energía, sus órganos adscritos y otros aportes previstos en el Presupuesto Nacional. e) Este mecanismo será sustentado técnica y científicamente de acuerdo con lo establecido en el Plan General de Manejo del Manglar, Plan de Aprovechamiento de Moluscos (Almejas, mejillones, almejos y piangua), y el correspondiente permiso de uso del manglar, todos otorgados por el SINAC y el permiso de comercialización de moluscos otorgado por el INCOPESCA, así como los demás elementos definidos en el Manual de operación de reconocimiento de servicios ambientales o ecosistémicos en Bosques de Mangle que se establezcan.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No