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Decreto Nº 25721 - Reglamento a la Ley Forestal.

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Abstract
El Reglamento consta de 18 capítulos y 106 artículos. INDICE: Definiciones (I); Organización y competencia de la administración forestal del Estado (II); Oficina Nacional Forestal y de los Consejos Regionales Ambientales (III); Patrimonio natural del Estado (IV); Manejo de los bosques (V); Regencias forestales (VI); Certificación forestal (VII); Transporte de los productos forestales (VIII); Protección forestal (IX); Incentivos a las actividades productivas forestales (X); Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) (XI); Pago de servicios ambientales (XII); Fondo forestal (XIII); Industria forestal (XIV); Impuesto forestal (XV); Trámites y otras regulaciones (XVI); Control forestal (XVII); Disposiciones generales (XVIII).
El presente Reglamento establece que la administración forestal del Estado le competerá al Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE), que realizará sus funciones a través del Sistema Nacional de Areas de Conservación (SINAC), mediante programas y proyectos basados en las políticas y prioridades establecidas por el Ministro que serán promovidas y coordinadas por la Unidad Técnica de Apoyo y ejecutadas en forma integral por las áreas de conservación (art. 3º). Para el aprovechamiento maderable de los bosques será necesario la elaboración de un plan de manejo siguiendo los criterios de sostenibilidad oficialmente aprobados (art. 14). Se crea la Comisión Nacional de Certificación Forestal con el fin de definir los mecanismos de regulación y control propios del sistema de certificación, recomendar los principios, criterios e indicadores de sostenibilidad exigibles en los planes de manejo de bosque natural, y vigilar y supervisar las labores de los certificadores autorizados (art. 26). Asimismo, se autoriza la creación de una Comisión Nacional para la Prevención y Combate de Incendios Forestales, así como las comisiones regionales necesarias (art. 33). El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) es un órgano de desconcentración máxima dentro de la estructura organizativa de la administración forestal del Estado (art. 54).
Notes
Que deroga el Decreto Nº 25.339-MINAE de 1996.Ultima reforma del decreto ejecutivo N° 43648 del 9 de agosto de 2022.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 16, 23 de enero de 1997, págs. 35-42.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No
Amended by
Implements