Decreto Nº 25721 - Reglamento a la Ley Forestal.
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Type of law
Regulation
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Abstract
El presente Reglamento desarrolla e implementa la Ley Forestal Nº 7575, estableciendo definiciones técnicas, procedimientos administrativos y competencias institucionales en materia forestal en Costa Rica. En sus primeros capítulos define conceptos clave como bosque, plan de manejo, certificación forestal, regencia, permisos de uso e intervención, así como las funciones de la Administración Forestal del Estado (AFE), ejercida por el MINAE a través del SINAC. También regula la organización de órganos como la Oficina Nacional Forestal y la Comisión Nacional para la Sostenibilidad Forestal, encargada de recomendar lineamientos técnicos y supervisar la certificación forestal.
El reglamento establece los requisitos para el manejo y aprovechamiento sostenible de los bosques, incluyendo la obligación de presentar planes de manejo elaborados por profesionales forestales, criterios técnicos de sostenibilidad, límites a la intensidad de corta y mecanismos de auditoría y control. Asimismo, regula la figura del regente forestal, quien supervisa la correcta ejecución de los planes aprobados, y detalla el sistema de certificación forestal voluntaria. También contempla normas estrictas sobre transporte de productos forestales, guías y certificados de origen, con sanciones en caso de incumplimiento.
Finalmente, el reglamento regula la protección forestal, los permisos de uso en el Patrimonio Natural del Estado y los incentivos económicos como el Pago por Servicios Ambientales (PSA), administrado por FONAFIFO. Se establecen procedimientos, requisitos, plazos y cánones para actividades como ecoturismo, investigación y capacitación en áreas protegidas, así como criterios para autorizar intervenciones limitadas en bosques privados (máximo 10%). En conjunto, el decreto configura un marco técnico-administrativo orientado a garantizar la conservación, el uso sostenible y el control estatal del recurso forestal.
El Reglamento consta de 19 capítulos y 128 artículos. INDICE: Definiciones (I); Organización y competencia de la administración forestal del Estado (II); Oficina Nacional Forestal y de los Consejos Regionales Ambientales (III); Manejo de los bosques (V); Regencias forestales (VI); Certificación forestal (VII); Transporte de los productos forestales (VIII); Protección forestal (IX); Incentivos a las actividades productivas forestales (X); Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) (XI); Pago de servicios ambientales (XII); Fondo forestal (XIII); Industria forestal (XIV); Trámites y otras regulaciones (XVI); Control forestal (XVII); Disposiciones generales (XVIII); Del pago por servicios ambientales o ecosistémicos y mecanismos diferenciados, bajo la actividad de protección de bosque (XIX).
El reglamento establece los requisitos para el manejo y aprovechamiento sostenible de los bosques, incluyendo la obligación de presentar planes de manejo elaborados por profesionales forestales, criterios técnicos de sostenibilidad, límites a la intensidad de corta y mecanismos de auditoría y control. Asimismo, regula la figura del regente forestal, quien supervisa la correcta ejecución de los planes aprobados, y detalla el sistema de certificación forestal voluntaria. También contempla normas estrictas sobre transporte de productos forestales, guías y certificados de origen, con sanciones en caso de incumplimiento.
Finalmente, el reglamento regula la protección forestal, los permisos de uso en el Patrimonio Natural del Estado y los incentivos económicos como el Pago por Servicios Ambientales (PSA), administrado por FONAFIFO. Se establecen procedimientos, requisitos, plazos y cánones para actividades como ecoturismo, investigación y capacitación en áreas protegidas, así como criterios para autorizar intervenciones limitadas en bosques privados (máximo 10%). En conjunto, el decreto configura un marco técnico-administrativo orientado a garantizar la conservación, el uso sostenible y el control estatal del recurso forestal.
El Reglamento consta de 19 capítulos y 128 artículos. INDICE: Definiciones (I); Organización y competencia de la administración forestal del Estado (II); Oficina Nacional Forestal y de los Consejos Regionales Ambientales (III); Manejo de los bosques (V); Regencias forestales (VI); Certificación forestal (VII); Transporte de los productos forestales (VIII); Protección forestal (IX); Incentivos a las actividades productivas forestales (X); Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) (XI); Pago de servicios ambientales (XII); Fondo forestal (XIII); Industria forestal (XIV); Trámites y otras regulaciones (XVI); Control forestal (XVII); Disposiciones generales (XVIII); Del pago por servicios ambientales o ecosistémicos y mecanismos diferenciados, bajo la actividad de protección de bosque (XIX).
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Notes
Última modificación: Decreto Ejecutivo Nº 44607, del 30 de julio de 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 156, del 26 de Agosto de 2024, Alcance Nº 145.
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial La Gaceta Nº 16, 23 de enero de 1997, págs. 35-42.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Amended by
Implements
Implemented by