This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto Nº 41775-MP-MSP-MAG-MINAE-MOPT-TUR ─ Crea el mecanismo de gobernanza de los espacios marinos sometidos a la jurisdicción del Estado Costarricense.

Country
Type of law
Regulation
Date of original text
Date of latest amendment
Source

Abstract
El presente Decreto de creación del mecanismo de gobernanza de los espacios marinos sometidos a la jurisdicción del Estado Costarricense, tiene como objetivos: 1) Consolidar un instrumento que promueva la coordinación interinstitucional para la gestión y el manejo participativo de los recursos marinos con el fin de aprovechar de manera sostenible los servicios ecosistémicos que ofrecen; 2) Garantizar la participación activa y efectiva de la sociedad en la gestión integral del mar, mediante la zonificación de las aguas jurisdiccionales costarricenses y el establecimiento de órganos regionales de participación ciudadana formal.
La gobernanza sobre los recursos marino-costeros y las aguas jurisdiccionales del Estado Costarricense será guiada, por los siguientes principios rectores: i) Desarrollo sostenible democrático: La dimensión democrática del desarrollo sostenible implica por una parte garantizar el aprovechamiento de los recursos existentes por las presentes generaciones y la subsistencia de las futuras, así como asegurar que el acceso a esos recursos y a la riqueza generada por las actividades económicas se distribuya equitativamente en la sociedad, de modo que alcance al mayor número posible de personas y permita el progreso solidario de las familias que componen los sectores sociales y productivos; ii) Enfoque ecosistémico: El enfoque ecosistémico es una estrategia para el manejo integrado de la tierra, el agua y los recursos vivos, promoviendo su conservación y uso sostenible de forma justa y equitativa; iii) Participación Ciudadana: La gestión integral de los espacios marinos a través de un involucramiento sistemático, informado, consultado y responsable; iv) Principio preventivo: Reconoce la importancia de prevenir y detener las causas y amenazas relacionadas con la pérdida de los recursos marinos y costeros, mediante la adopción de medidas de reducción de impactos negativos eficaces, ante la amenaza de daños probables o inminentes para la naturaleza; v) Principio de objetivación en materia ambiental: Consiste en la obligación de acreditar, mediante estudios técnicos y científicos, la toma de decisiones en materia ambiental, reforzando con ello el deber de contar siempre y en toda situación en donde pueda resultar afectado el ambiente, con estudios técnicos y científicos, también llamado principio de vinculación a la ciencia y a la técnica, o bien, principio de razonabilidad en relación con el derecho ambiental; vI) Principio de subsidiariedad: El principio de subsidiariedad implica que un asunto debe ser resuelto por la autoridad (normativa, política o económica) más próxima al objeto del problema.
Se crea la Comisión para la Gobernanza Marina, como órgano interministerial de coordinación de carácter permanente que fungirá como autoridad de articulación y gestión integrada entre las diferentes instancias del sector público que forman parte de la institucionalidad marino-costera costarricense, con las siguientes funciones: a) Desarrollar una visión país para los mares que asegure el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos, el desarrollo económico del país y garantice mares limpios, sanos y resilientes; b) Articular, integrar y conciliar las políticas e instrumentos de planificación emitidos en materia marina; impulsando su implementación a través de las instituciones rectoras; c) Coordinar los procesos de implementación, evaluación, revisión y actualización periódica de la Política Nacional del Mar y de la Estrategia Nacional para la Gestión Integrada de los Recursos Marinos y Costeros; d) Establecer mecanismos de coordinación para fortalecer la vigilancia, en forma tal que se garantice la seguridad de la vida humana en el mar y el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos y costeros; e) Elaborar políticas para impulsar el ordenamiento espacial marino y la economía azul para la gestión sostenible del espacio, recursos y usos en el mar; f) Constituir grupos de trabajo con el fin de coordinar y ejecutar procesos integrales para el desarrollo sostenible de un área geográfica específica; g) Oficializar la delimitación geográfica de las Unidades de Gobernanza Marina y la estructura de participación de los Comités Marinos; h) Aprobar el Plan Director Marino desarrollado por cada Unidad de Gobernanza Marina.
Date of text
Notes
Incluye enmienda asta Decreto Ejecutivo N° 41967 -Reforma Creación del mecanismo de gobernanza de los espacios marinos sometidos a la Jurisdicción del Estado Costarricense.
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 142, Alcance 170, 30 de julio de 2019.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No