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Ley Nº 6734 - Organización y competencia de los tribunales agrarios.

Country
Type of law
Legislation
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Keywords

Abstract
La presente Ley, que consta de 3 títulos y 85 artículos, crea la jurisdicción agraria como función especial del poder judicial, a la que corresponderá en forma exclusiva conocer y resolver definitivamente sobre los conflictos que se susciten con motivo de la aplicación de la legislación agraria y de las disposiciones jurídicas que regulan las actividades de producción, transformación, industrialización y enajenación de productos agrícolas (art. 1º). Corresponde a los tribunales agrarios conocer, entre otros: a) de los juicios reivindicatorios o posesorios en que sean parte uno o varios trabajadores de la tierra o grupos de éstos; b) de los interdictos cuando se refieran a predios rústicos y a diligencias de deslinde y amojonamiento; c) de las participaciones hereditarias; d) de los procesos de expropiación para fines agrarios; e) de las acciones relativas a contratos de aparcería rural, esquilmo, arrendamiento o préstamo gratuito de tierras; f) del ejercicio de la jurisdicción disciplinaria sobre funcionarios (art. 2º).
Date of text
Repealed
Yes
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No
Repealed by