Ley Nº 9703 - Ley para la Prohibición del Poliestireno Expandido.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley para la Prohibición del Poliestireno Expandido, modifica la Ley de gestión integral de residuos, en el sentido de adicionar el Artículo 42 bis, que prohíbe la importación al territorio nacional, la comercialización y la entrega de envases y recipientes de poliestireno expandido en cualquier establecimiento comercial. Se exceptúan de esta prohibición: a) Los casos en los que por cuestiones de conservación o protección de los productos no sea ambientalmente viable el uso de materiales alternativos; b) Los embalajes de electrodomésticos y afines; c) Los usos industriales. La prohibición contenida en este artículo empezará a regir veinticuatro meses después de la entrada en vigencia de la presente Ley, que es el día de su publicación.
Se modifica también el Artículo 50, sobre Infracciones leves y sus sanciones, que dispone se considerarán infracciones leves, sin perjuicio de que constituya delito: [ ... ] d) Importar al territorio nacional o entregar envases, recipientes o empaques de poliestireno expandido en cualquier establecimiento comercial.
Dentro de los veinticuatro meses mencionados, el Estado promoverá e incentivará la reconversión productiva de las industrias dedicadas a la importación y fabricación de recipientes, envases o empaques elaborados con poliestireno expandido, fomentando el desarrollo de alternativas productivas más amigables con el ambiente. Para estos fines, dichas industrias tendrán la posibilidad de acceder al crédito para su desarrollo. Dentro de los seis meses posteriores a la publicación de esta reforma, el Ministerio de Salud deberá incluir en la política nacional y en el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos, un plan nacional para incentivar la sustitución paulatina de los recipientes, envases o empaques de poliestireno expandido por otros de materiales distintos. Dicho plan deberá incluir un componente de concienciación en industrias, comercios y población en general, sobre la necesidad de dar este cambio, así como establecer incentivos e informar y educar a las personas consumidoras acerca del impacto de los productos elaborados a base de poliestireno expandido sobre el ambiente y las diversas alternativas disponibles.
Se modifica también el Artículo 50, sobre Infracciones leves y sus sanciones, que dispone se considerarán infracciones leves, sin perjuicio de que constituya delito: [ ... ] d) Importar al territorio nacional o entregar envases, recipientes o empaques de poliestireno expandido en cualquier establecimiento comercial.
Dentro de los veinticuatro meses mencionados, el Estado promoverá e incentivará la reconversión productiva de las industrias dedicadas a la importación y fabricación de recipientes, envases o empaques elaborados con poliestireno expandido, fomentando el desarrollo de alternativas productivas más amigables con el ambiente. Para estos fines, dichas industrias tendrán la posibilidad de acceder al crédito para su desarrollo. Dentro de los seis meses posteriores a la publicación de esta reforma, el Ministerio de Salud deberá incluir en la política nacional y en el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos, un plan nacional para incentivar la sustitución paulatina de los recipientes, envases o empaques de poliestireno expandido por otros de materiales distintos. Dicho plan deberá incluir un componente de concienciación en industrias, comercios y población en general, sobre la necesidad de dar este cambio, así como establecer incentivos e informar y educar a las personas consumidoras acerca del impacto de los productos elaborados a base de poliestireno expandido sobre el ambiente y las diversas alternativas disponibles.
Attached files
Web site
Topics
Chemicals and Waste
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 147, Alcance 176, 7 de agosto de 2019.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Toolkit legislation
Plastic
Regulatory Approach