This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto-Ley Nº 50/2021 - Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
El presente Decreto-Ley tiene por objeto establecer las regulaciones generales para la conservación, el mejoramiento y el manejo sostenible de los suelos agropecuarios y forestales y el uso de los fertilizantes. El marco regulatorio para la conservación, el mejoramiento y el manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes se rige por los principios siguientes: a) Sostenibilidad: constituye un deber del Estado y de toda persona natural o jurídica asegurar el manejo sostenible de los suelos agropecuarios y forestales, su fertilidad y el uso integrado de los fertilizantes, de manera tal que no comprometa la seguridad alimentaria de las presentes y futuras generaciones; b) prevención: evitar los efectos negativos que se puedan producir en los suelos mediante la adopción de medidas en correspondencia con la naturaleza del suelo y los estudios científico técnicos; c) progresividad: el manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes se logra de forma gradual, a través de metas intermedias y finales; d) responsabilidad: el generador de efectos degradantes en los suelos es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de rehabilitación; e) subsidiariedad: el Estado, a través de las distintas instancias de la administración pública, tiene la obligación de colaborar y, de ser necesario, participar en forma complementaria en el accionar de las personas naturales y jurídicas para la preservación y protección del suelo; y f) cooperación: el manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes es una actividad intersectorial en la que deben actuar de forma cooperada las empresas, las formas no estatales de producción, los centros de educación media y superior, los institutos de ciencia, tecnología e innovación, el Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil, las organizaciones no gubernamentales, los medios de difusión y cada uno de los ciudadanos, en su marco de actuación.
El marco regulatorio para la conservación, el mejoramiento y el manejo sostenible de los suelos agropecuarios y forestales y el uso de los fertilizantes se ajusta al contexto ambiental y climático nacional. De igual manera, contempla las disposiciones en materia internacional ambiental, específicamente los Objetivos de Desarrollo Sostenible, las convenciones de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Biodiversidad y la Lucha contra la Desertificación y la Sequía; así como las Directrices Voluntarias para la Gestión Sostenible de los Suelos. organismos, entidades y formas no estatales de producción usuarios de los suelos, en el ejercicio de sus funciones, tienen en cuenta lo dispuesto en el presente Decreto-Ley y en particular lo regulado sobre: a) El ordenamiento territorial; b) la localización de inversiones y el diseño de asentamientos humanos de cualquier tipo; c) la evaluación del impacto ambiental; d) la identificación y manejo de las áreas protegidas; e) el manejo sostenible de las cuencas hidrográficas; la delimitación de las áreas de acuerdo con su uso agropecuario y forestal, así como de las áreas protegidas y las de la agricultura urbana, suburbana y familiar, etc.
Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto-Ley entra en vigor a los noventa días, contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 120, 22 de octubre de 2021.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No