Decreto Nº 52/2021 - Reglamento del Decreto-Ley 50 Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto tiene por objeto regular y establecer los procedimientos y normas para la aplicación de lo dispuesto en el Decreto-Ley 50 sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes, en lo concerniente a: a) Sistema Nacional de Suelos y Fertilizantes; b) laboratorios; c) Programa Nacional de Conservación y Mejoramiento de los Suelos; d) financiamiento estatal para la compensación de los gastos; e) valoración económica de bienes y servicios ambientales; f) incentivos por manejo sostenible de los suelos; g) servicio científico técnico de suelos; h) estudios de suelos y clasificaciones; i) agroproductividad de los suelos; j) fertilidad de los suelos y nutrición de las plantas; k) servicio pedólogo agroquímico; l) fertilizantes; m) registro central de fertilizantes; n) la contaminación de los suelos y los daños; ñ) rehabilitación de los suelos; o) la protección contra los efectos derivados de otras actividades que no son las agropecuarias, cañeras, forestales y de frutales; p) el cambio de uso; q) resarcimiento por cambio de uso y arrendamiento de los suelos; r) cambio de uso por actividad minera; s) capa vegetal, sustratos orgánicos y uso controlado del fuego; t) investigaciones y capital humano; y u) contravenciones.
El Decreto es de aplicación a las personas naturales y jurídicas propietarias, usufructuarias y poseedoras de tierra que usen el suelo para actividades agropecuarias, forestales, cañeras, de frutales y los ubicados en las áreas protegidas, que limiten su agroproductividad y provoquen alguna degradación o daño.
El Decreto es de aplicación a las personas naturales y jurídicas propietarias, usufructuarias y poseedoras de tierra que usen el suelo para actividades agropecuarias, forestales, cañeras, de frutales y los ubicados en las áreas protegidas, que limiten su agroproductividad y provoquen alguna degradación o daño.
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Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto entra en vigor a los noventa días, contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 120, 22 de octubre de 2021.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No