Decreto Nº 67/2022 - Reglamento de la Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto establece las disposiciones reglamentarias que complementan lo dispuesto en la Ley 148 “Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional” para alcanzar la soberanía alimentaria, así como fortalecer la seguridad alimentaria y nutricional en función de la protección del derecho de toda persona a una alimentación sana y adecuada.
El Decreto establece los órganos responsables para llevar a cabo estas disposiciones en el país através de: La Comisión Nacional de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional y los representantes de los organismos de la Administración Central del Estado, de los órganos locales del Poder Popular, de entidades nacionales y locales, de las formas asociativas, vinculados a la soberanía alimentaria y seguridad alimentaria y nutricional, así como expertos y otros sujetos, en atención a las experiencias y buenas prácticas relativas a la producción, transformación y comercialización de alimentos.
El Decreto está dividido en seis Capítulos a seguir: Disposiciones Preliminares (I); De la Conformación y Funcionamiento de las Comisiones de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional (II); De la Participación de los Actores de los Sistemas Alimentarios Locales (III); De los Estímulos para la Adopción de Modelos Sostenibles, así como la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos en las Cadenas Alimentarias (IV); Del Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos (V); De las Infracciones y Medidas (VI).
El Decreto establece los órganos responsables para llevar a cabo estas disposiciones en el país através de: La Comisión Nacional de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional y los representantes de los organismos de la Administración Central del Estado, de los órganos locales del Poder Popular, de entidades nacionales y locales, de las formas asociativas, vinculados a la soberanía alimentaria y seguridad alimentaria y nutricional, así como expertos y otros sujetos, en atención a las experiencias y buenas prácticas relativas a la producción, transformación y comercialización de alimentos.
El Decreto está dividido en seis Capítulos a seguir: Disposiciones Preliminares (I); De la Conformación y Funcionamiento de las Comisiones de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional (II); De la Participación de los Actores de los Sistemas Alimentarios Locales (III); De los Estímulos para la Adopción de Modelos Sostenibles, así como la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos en las Cadenas Alimentarias (IV); Del Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos (V); De las Infracciones y Medidas (VI).
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Web site
Date of text
Entry into force notes
El presente Decreto entra en vigor a los noventa (90) días hábiles posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial No. 77 Ordinaria de 28 de julio de 2022.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No