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Resolución Nº 519/96 - Establecer la cantidad de hasta 15 kilogramos (33 libras) como cuota máxima de captura permisible para la práctica de la pesca deportivo-recreativa.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución establece la cantidad de hasta 15 kilogramos (33 libras) como cuota máxima de captura permisible para la práctica de la pesca deportivo-recreativa en las zonas de gran interés económico-pesquero establecidas en el Reglamento de Pesca. Para el caso de las zonas abiertas de menos interés económico pesquero, igualmente reguladas en el citado Reglamento, la cuota máxima de captura permisible será de hasta 30 kg (66 libras). Todo pescador deportivo-recreativo que esté autorizado para la práctica de esta modalidad de pesca, tendrá derecho a dichas cuotas por cada salida al mar que realice. Además autoriza de forma excepcional el desembarque de toda la captura que se obtenga en las competencias y torneos organizados por la Federación Cubana de Pesca Deportiva, y que hayan sido previamente acreditados ante la Oficina Provincial de Inspección Pesquera que corresponda. Autoriza una captura máxima permisible de hasta tres ejemplares por pescador, cuando se trate de especies de gran tamaño capturadas en las zonas antes referidas, cuyo peso unitario sea superior a los 15 kg (33 libras). Para las especies migratorias tales como castero, aguja, emperador, dorado, bonito o listado, comevíveres, albacora y atún aleta amarilla, no regirá ninguna limitación de cantidad o peso; no obstante en las pesquerías de dichas especies se podrán utilizar hasta 10 chambeles por embarcación y hasta un número máximo permitido de 3 anzuelos. Por último establece que todo el pescado que se obtenga en las pesquerías señaladas se desembarque entero o simplemente eviscerado. Se considerará una infracción del régimen de pesca respecto a talla o peso mínimos establecidos y a especies prohibidas, el empleo de cualquier proceso que dificulte o impida la identificación de las especies, o altere la talla o el peso de los ejemplares capturados: como son filetear, descabezar o descuerar.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 44, 9 de diciembre de 1996.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No
Implements