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Decreto Nº 303/87 - Declara de alto interés nacional la protección y rehabilitación de los manglares existentes en el litoral y en las islas adyacentes al territorio de la República Dominicana.

Type of law
Regulation
Source

Abstract
El Decreto, que consta de 7 artículos, declara de alto interés nacional la protección y rehabilitación de los manglares existentes (art. 1º). Declara bajo protección especial las principales especies de mangle que se desarrollan en el territorio nacional: mangle colorao o rojo (Rhizophora mangle L.), mangle botón o botoncillo (Conocarpues erectus L. y Variedad Sericea Griseb), mangle amarillo o blanco (Laguncularia racemosa L. Gaerten), mangle prieto o negro (Avicennia germinas L. Stearns) (art. 2º). El Decreto crea una Comisión para la protección y fomento de los manglares, estableciendo su composición (art. 4º) y funciones (art. 5º). El artículo 6º establece el régimen sancionatorio correspondiente.
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 9712, 15 de junio de 1987, pág. 843.
Publication reference
FAL Nº 38, 1989, pág. 236.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No