Decreto Nº 311/86 - Normas para la importación de especies acuáticas vivas.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Decreto, que consta de 4 artículos, dispone que la importación de especies acuáticas vivas sólo será permitida cuando la persona o entidad interesada cuente con un permiso solicitado con diez días de anticipación y expedido por el Departamento de Recursos Pesqueros de la Secretaria de Agricultura.
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Date of text
Notes
Que modifica en cuanto sea necesario el Decreto Nº 1.823 del 23 de febrero de 1983.
Repealed
Yes
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No