This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Acuerdo Nº 188-2016 - Expide las Normas Técnicas de aplicación del artículo No. 69 del Reglamento General a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Acuerdo expide las Normas técnicas de aplicación del artículo 69 del Reglamento General a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero, que será de aplicación obligatoria para las personas naturales o jurídicas que ejerzan la actividad acuícola y actividades conexas, y que estarán sometidas a los controles que el Estado determine. El Instituto Nacional de Pesca, es el ente sanitario rector que garantiza la inocuidad y trazabilidad de los productos pesqueros y acuícolas que se exportan a los mercados internacionales.
Con el fin de garantizar la seguridad de las actividades acuícolas, se clasifican las actividades conexas en dos grupos: 1) Actividades conexas directas, que son aquellas actividades que se complementan directamente con la actividad acuícola desde la producción, fabricación, importación, transformación, almacenamiento, transporte o distribución y comercialización de alimentos balanceados complementarios y suplementarios, productos medicados, aditivos, químicos, vitaminas, minerales, probióticos, prebióticos, fertilizantes y demás insumos orgánicos e inorgánicos de uso y aplicación específi cos en la acuicultura; y 2) Actividades conexas indirectas, que son aquellas actividades de uso genérico, es decir que puede también ser aplicados a la acuicultura, como actividades privadas de investigación y experimentación en la cadena productiva acuícola, actividades de formación, capacitación, extensionismo acuícola, fabricación de grupos de bombeo, tanques, aireadores, redes y mallas de uso acuícola entre otros.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 844, 20 de septiembre de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No