Acuerdo Nº 2912 - Reglamento de Registro y Control Posregistro de Alimentos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Acuerdo expide el Reglamento de Registro y Control Posregistro de Alimentos, que dispone que la formulación de las políticas, regulaciones y normativas para expedir los registros sanitarios, como para la vigilancia y control sanitario de los alimentos para el consumo humano, es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública a través de la Subsecretaria Nacional de Vigilancia de la Salud Pública, con el apoyo de las instancias técnicas competentes.
El registro sanitario para productos alimenticios, se obtendrá sobre la base del informe técnico favorable del análisis de la documentación técnica y legal presentada a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA).
El registro sanitario para productos alimenticios, se obtendrá sobre la base del informe técnico favorable del análisis de la documentación técnica y legal presentada a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA).
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Web site
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 896, 21 de febrero de 2013.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No