Acuerdo Nº 34 - Lineamientos para el fomento del bioemprendimiento.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Acuerdo expide los Lineamientos para el fomento del bioemprendimiento, tiene como objeto emitir los lineamientos para el fomento de los bioemprendimientos como estrategia de conservación del patrimonio natural, mediante el uso sostenible de la biodiversidad, y será aplicable a las iniciativas público, privadas, academia y asociaciones comunitarias comprometidas con iniciativas de reducción de la deforestación sobre las cuales se fomentará el desarrollo de los bioemprendimientos, orientados hacia una bioeconomía sostenible como una estrategia de conservación del patrimonio natural, mediante el uso sostenible de la biodiversidad nativa en todo el territorio nacional, conforme a la normativa ambiental vigente. Se entiende por bioemprendimiento a las iniciativas público, privadas, academia y asociaciones comunitarias relacionadas al uso sostenible de la biodiversidad nativa que contribuyan a su valoración y a la conservación del patrimonio natural. Se encarga de su ejecución e implementación a la Subsecretaría de Patrimonio Natural en coordinación con la Dirección Nacional de Biodiversidad, Dirección Nacional Forestal las cuales a nivel nacional facilitarán y fomentarán los bioemprendimientos.
Los Lineamientos que caracterizan un bioemprendimiento en relación con la iniciativa de biocomercio, son: ambientales, económicos y sociales. Los Lineamientos ambientales son los siguientes: 1) El manejo de la vida silvestre implica procesos de recolección que tienen que apoyarse en un plan de manejo que respete los ciclos de regeneración natural de la especie; 2) La biodiversidad nativa cultivada no puede, en ningún caso, transformarse en monocultivos; 3) Se trata de cultivos nativos libres de deforestación; 4) Los bioemprendimientos deben cumplir con la normativa ambiental vigente; 5) Utilizar métodos de recolección y de procedimientos productivos adecuados a las características de los entornos, que se traduzcan en buenas prácticas ambientales, que no impliquen riesgos para la degradación del ambiente y no entrañen contaminación física, química y/o biológica; 6) Generar alternativas resilientes al cambio climático; 7) Considerar salvaguardas para conservar el bioconocimiento y el patrimonio genético proveniente de la biodiversidad.
Los Lineamientos económicos son los siguientes: 1) Los bioemprendimientos deben tener una rentabilidad económica demostrable que garantice su sostenibilidad en el tiempo y represente una alternativa de ingresos para los emprendedoras; 2) Otros lineamientos que la Autoridad Ambiental Nacional considere pertinentes. Los Lineamientos sociales son los siguientes: 1) Mejorar de la calidad de vida de los involucrados en los bioemprendimientos, con enfoque de género; 2) Salvaguardar el conocimiento ancestral de las comunidades involucradas en los bioemprendimientos; 3) Aportar con alternativas de desarrollo social orientadas a reducir la presión ambiental en áreas bajo conservación.
Con la finalidad de fomentar el bioemprendimiento, la Autoridad Ambiental Nacional deberá: a) Coordinar con la Autoridad Nacional de la Investigación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y el Instituto Nacional de la Biodiversidad, la identificación de productos de la biodiversidad con potencial de uso y aprovechamiento; b) Sistematizar la información existente en relación a los potenciales bioemprendimientos y a las cadenas de valor promisorias; c) Definir zonas geográficas estratégicas para el fomento de bioemprendimientos enfocados a la conservación del patrimonio natural; d) Establecer normativa secundaria para emitir los parámetros y requisitos de acuerdo a los lineamientos definidos en el presente Acuerdo; e) Coordinar los programas y proyectos de cooperación relacionados con bioemprendimientos; f) Difundir los procedimientos y requisitos para fomentar los bioemprendimientos; g) Fomentar a nivel nacional los bioemprendimientos; h) Promover el intercambio de experiencias entre los bioemprendimientos a fin de facilitar procesos de inter-aprendizaje; i) Proponer la formulación o ajuste de políticas públicas y de normativa para fomentar el bioemprendimiento; j) Proponer la suscripción de convenios o acuerdos con instituciones nacionales e internacionales para fomentar los bioemprendimientos; k) Emitir las autorizaciones administrativas pertinentes; l) Fomentar bioemprendimientos bajo los principios y criterios de biocomercio; m) Desarrollar mecanismos de reconocimiento de buenas prácticas ambientales en los bioemprendimientos; n) Impulsar la marca BioEcuador para los productos generados por los bioemprendimientos, para mejorar su posicionamiento en el mercado; o) Promover y consolidar una serie de procesos de coordinación y articulación con otras instituciones y actores sociales cuyas competencias aportarán a la sostenibiIidad de los bioemprendimientos; p) Gestionar fondos para el desarrollo de proyectos relacionados con el fomento a los bioemprendimientos, que permitan reducir los problemas socio-ambientales y promuevan la conservación; q) Incentivar la responsabilidad social-ambiental en las zonas priorizadas; r) Realizar monitoreo y evaluación de la eficacia de los bioemprendimientos de acuerdo a los objetivos planteados; s) Fomentar la creación de redes para aprovechar las sinergias entre los actores de las cadenas de valor en el marco de los bioemprendimientos; t) Fortalecimiento de capacidades entorno a la conservación, uso y manejo sostenible de la biodiversidad.
Los Lineamientos que caracterizan un bioemprendimiento en relación con la iniciativa de biocomercio, son: ambientales, económicos y sociales. Los Lineamientos ambientales son los siguientes: 1) El manejo de la vida silvestre implica procesos de recolección que tienen que apoyarse en un plan de manejo que respete los ciclos de regeneración natural de la especie; 2) La biodiversidad nativa cultivada no puede, en ningún caso, transformarse en monocultivos; 3) Se trata de cultivos nativos libres de deforestación; 4) Los bioemprendimientos deben cumplir con la normativa ambiental vigente; 5) Utilizar métodos de recolección y de procedimientos productivos adecuados a las características de los entornos, que se traduzcan en buenas prácticas ambientales, que no impliquen riesgos para la degradación del ambiente y no entrañen contaminación física, química y/o biológica; 6) Generar alternativas resilientes al cambio climático; 7) Considerar salvaguardas para conservar el bioconocimiento y el patrimonio genético proveniente de la biodiversidad.
Los Lineamientos económicos son los siguientes: 1) Los bioemprendimientos deben tener una rentabilidad económica demostrable que garantice su sostenibilidad en el tiempo y represente una alternativa de ingresos para los emprendedoras; 2) Otros lineamientos que la Autoridad Ambiental Nacional considere pertinentes. Los Lineamientos sociales son los siguientes: 1) Mejorar de la calidad de vida de los involucrados en los bioemprendimientos, con enfoque de género; 2) Salvaguardar el conocimiento ancestral de las comunidades involucradas en los bioemprendimientos; 3) Aportar con alternativas de desarrollo social orientadas a reducir la presión ambiental en áreas bajo conservación.
Con la finalidad de fomentar el bioemprendimiento, la Autoridad Ambiental Nacional deberá: a) Coordinar con la Autoridad Nacional de la Investigación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y el Instituto Nacional de la Biodiversidad, la identificación de productos de la biodiversidad con potencial de uso y aprovechamiento; b) Sistematizar la información existente en relación a los potenciales bioemprendimientos y a las cadenas de valor promisorias; c) Definir zonas geográficas estratégicas para el fomento de bioemprendimientos enfocados a la conservación del patrimonio natural; d) Establecer normativa secundaria para emitir los parámetros y requisitos de acuerdo a los lineamientos definidos en el presente Acuerdo; e) Coordinar los programas y proyectos de cooperación relacionados con bioemprendimientos; f) Difundir los procedimientos y requisitos para fomentar los bioemprendimientos; g) Fomentar a nivel nacional los bioemprendimientos; h) Promover el intercambio de experiencias entre los bioemprendimientos a fin de facilitar procesos de inter-aprendizaje; i) Proponer la formulación o ajuste de políticas públicas y de normativa para fomentar el bioemprendimiento; j) Proponer la suscripción de convenios o acuerdos con instituciones nacionales e internacionales para fomentar los bioemprendimientos; k) Emitir las autorizaciones administrativas pertinentes; l) Fomentar bioemprendimientos bajo los principios y criterios de biocomercio; m) Desarrollar mecanismos de reconocimiento de buenas prácticas ambientales en los bioemprendimientos; n) Impulsar la marca BioEcuador para los productos generados por los bioemprendimientos, para mejorar su posicionamiento en el mercado; o) Promover y consolidar una serie de procesos de coordinación y articulación con otras instituciones y actores sociales cuyas competencias aportarán a la sostenibiIidad de los bioemprendimientos; p) Gestionar fondos para el desarrollo de proyectos relacionados con el fomento a los bioemprendimientos, que permitan reducir los problemas socio-ambientales y promuevan la conservación; q) Incentivar la responsabilidad social-ambiental en las zonas priorizadas; r) Realizar monitoreo y evaluación de la eficacia de los bioemprendimientos de acuerdo a los objetivos planteados; s) Fomentar la creación de redes para aprovechar las sinergias entre los actores de las cadenas de valor en el marco de los bioemprendimientos; t) Fortalecimiento de capacidades entorno a la conservación, uso y manejo sostenible de la biodiversidad.
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Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 985 Edición Especial, 29 de marzo de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No