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Acuerdo Nº MAP-SRP-2017-0040-A ─ Autoriza la continuidad de la Pesca Experimental Polivalente de los recursos merluza y camarón de aguas someras con red de arrastre fuera de las ocho millas de la costa continental ecuatoriana.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Acuerdo autoriza la continuidad de la pesca experimental polivalente para la captura de los recursos merluza y camarón de aguas someras con red de arrastre, durante dos años consecutivos, en aguas jurisdiccionales del Ecuador Continental, fuera de las ocho millas náuticas, medidas desde la línea del perfil costero, incluyendo la Isla Puná del Golfo de Guayaquil, dentro de las coordenadas geográficas que constan en el Acuerdo Nº 114 de 2010.
Se entiende por actividad pesquera experimental polivalente de los recursos merluza y camarón de aguas someras (hasta 80 metros de profundidad) con red de arrastre, todo esfuerzo de búsqueda, captura y extracción de las especies detalladas. A tal fin, se autoriza a 42 embarcaciones industriales provistas con redes de arrastre para la pesca experimental polivalente, las mismas que serán sometidas a inspecciones de condiciones por parte de la autoridad pesquera, previo a la emisión de los permisos de pesca. Se dispone que las embarcaciones que no reporten capturas de merluza y camarón de aguas someras durante la vigencia de su permiso de pesca experimental polivalente, no podrán optar por la renovación del mismo, cuya trazabilidad será verificada por la autoridad competente.
Para la captura de los recursos merluza y camarón de aguas someras, se establecen los siguientes periodos de veda biológica: a) Merluza, comprendidos desde el 1º al 31 de abril y del 1º al 30 de septiembre de cada año, para embarcaciones artesanales e industriales incluida la pesca experimental polivalente; b) Camarón de aguas someras, desde el 1º hasta el 31 de enero de cada año, para embarcaciones artesanales e industriales incluida la pesca experimental polivalente. Se establece una veda complementaria para el recurso camarón de aguas someras para embarcaciones artesanales e industriales durante el mes de diciembre de cada año.
Date of text
Repealed
Yes
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No