Decreto Supremo Nº 290 - Ley de régimen administrativo portuario nacional.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley de régimen administrativo portuario nacional dispone que los puertos del Ecuador contarán para su administración, operación y mantenimiento con Autoridades Portuarias, organizadas como entidades de derecho público, personería jurídica, patrimonio y fondos propios. Las Autoridades Portuarias ejercerán su jurisdicción exclusivamente sobre las zonas portuarias que se hubieren determinado mediante Ley, correspondiendo al Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos delimitar el área de dicha jurisdicción. Constituyen fines específicos de las Autoridades Portuarias, dentro de sus respectivas jurisdicciones, planear, construir, mejorar, financiar, administrar y mantener los terminales marítimos y fluviales a su cargo.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 67, 15 de abril de 1976.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No