Resolución 0235 – La directora ejecutiva (s) de la Agencia de Regulación y Control, Fito y Zoosanitario; aprueba el Manual para la obtención del certificado Zoosanitario de producción y movilidad para funcionamiento de Centros de material reproductivo.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el Manual para la obtención del certificado Zoosanitario de producción y movilidad para funcionamiento de Centros de material reproductivo. También se obliga a todos los centros de material reproductivo a permitir el acceso de los técnicos de la Agencia y facilitar la información que los mismos requieran a efectos de verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.
El manual para la obtención del certificado zoosanitario de producción y movilidad para funcionamiento de centros de material reproductivo permitirá regular y ejercer un control sanitario sobre los establecimientos y/o personas que se dediquen a las actividades de colecta, procesamiento, acopio, distribución y/o comercialización de material reproductivo, actividades que se enmarcan dentro de las biotecnologías reproductivas. El objetivo general es normar la condición zoosanitaria y de bioseguridad para colectar, procesar, acopiar, distribuir y/o comercializar material reproductivo, provenientes del manejo de los animales de producción de interés zootécnico, en función del riesgo zoosanitario que representan. Se establecen tres objetivos específicos: 1) establecer los parámetros zoosanitarios tanto de los donadores y/o receptoras, como del material reproductivo nacional; 2) establecer los parámetros para el registro y obtención del certificado zoosanitario, así como, el seguimiento del cumplimiento de estos parámetros durante la vigencia de esta certificación a los centros que se dediquen a la colecta, procesamiento, acopio, distribución y/o comercialización de material reproductivo; y 3) precautelar el estado zoosanitario del material reproductivo nacional.
Se establece el procedimiento para obtener el certificado zoosanitario de producción y movilidad para funcionamiento de centros de material productivo, incluyendo el proceso de registro y documentación, la inspección, los formularios de inspección, la obtención, vigencia, mantenimiento y cancelación del certificación de producción y movilidad, el cumplimiento de especificaciones técnicas para los centros de material reproductivo, requisitos para los centros de colecta, procesamiento y/o distribución de material reproductivo, requisitos de centro de acopio, distribución y/o comercialización de material reproductivo, requisitos para unidades móviles para colecta y/o procesamiento de material reproductivo, requisitos para las unidades de acopio para inseminación artificial. Además, incluye los procesos operativos estandarizados (POE), los métodos de prueba y muestra y los requisitos para los laboratorios de la red de la agencia. También se incluyen 5 anexos.
El manual para la obtención del certificado zoosanitario de producción y movilidad para funcionamiento de centros de material reproductivo permitirá regular y ejercer un control sanitario sobre los establecimientos y/o personas que se dediquen a las actividades de colecta, procesamiento, acopio, distribución y/o comercialización de material reproductivo, actividades que se enmarcan dentro de las biotecnologías reproductivas. El objetivo general es normar la condición zoosanitaria y de bioseguridad para colectar, procesar, acopiar, distribuir y/o comercializar material reproductivo, provenientes del manejo de los animales de producción de interés zootécnico, en función del riesgo zoosanitario que representan. Se establecen tres objetivos específicos: 1) establecer los parámetros zoosanitarios tanto de los donadores y/o receptoras, como del material reproductivo nacional; 2) establecer los parámetros para el registro y obtención del certificado zoosanitario, así como, el seguimiento del cumplimiento de estos parámetros durante la vigencia de esta certificación a los centros que se dediquen a la colecta, procesamiento, acopio, distribución y/o comercialización de material reproductivo; y 3) precautelar el estado zoosanitario del material reproductivo nacional.
Se establece el procedimiento para obtener el certificado zoosanitario de producción y movilidad para funcionamiento de centros de material productivo, incluyendo el proceso de registro y documentación, la inspección, los formularios de inspección, la obtención, vigencia, mantenimiento y cancelación del certificación de producción y movilidad, el cumplimiento de especificaciones técnicas para los centros de material reproductivo, requisitos para los centros de colecta, procesamiento y/o distribución de material reproductivo, requisitos de centro de acopio, distribución y/o comercialización de material reproductivo, requisitos para unidades móviles para colecta y/o procesamiento de material reproductivo, requisitos para las unidades de acopio para inseminación artificial. Además, incluye los procesos operativos estandarizados (POE), los métodos de prueba y muestra y los requisitos para los laboratorios de la red de la agencia. También se incluyen 5 anexos.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
R.O. Cuarto Suplemento N⁰ 12, 2 de marzo de 2022.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Implements