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Resolución Nº 202 - Normas que regulan los Servicios Portuarios en el Ecuador.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución aprueba las Normas que regulan los Servicios Portuarios en el Ecuador, de cuya ejecución se encargarán la Subsecretaria de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF), y que serán de cumplimiento obligatorio para todos quienes presten servicios portuarios en las jurisdicciones de las Entidades portuarias o sus delegatarios, terminales petroleros o terminales portuarios habilitados.
Los servicios portuarios se clasifican en: 1) Servicios generales, que son aquellos servicios de utilización o consumo común cuya forma de prestación es directa, siendo los usuarios del puerto o terminal marítima o fluvial quienes se benefician de estos servicios sin necesidad de solicitud y que son prestados en áreas comunes con fines de uso público y no discriminación dentro de su jurisdicción portuaria; 2) Servicios a la nave o artefacto naval, que consisten en la gestión y ejecución de actividades que permiten y facilitan el acceso, tránsito seguro, operación, maniobras de las naves o artefactos navales en los puertos o terminales marítimos o fluviales; 3) Servicios a la carga; 4) Servicios a pasajeros; 5) Servicios conexos.
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 148, 20 de diciembre de 2013.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No