Resolución Nº 60 - Normas que regulan los Servicios Portuarios en el Ecuador.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba las Normas que regulan los Servicios Portuarios en el Ecuador, que serán de aplicación y de cumplimiento obligatorio para todas las Autoridades Portuarias, sus delegatarios o concesionarios, Puertos Especiales, Terminales Portuarios Habilitados y/o Facilidades Portuarias Privadas, y todos quienes presten servicios portuarios en las entidades descritas. Los servicios portuarios se clasifican en: 1) Servicios generales; 2) Servicios a la nave o artefacto naval; 3) Servicios a la carga; 4) Servicios a pasajeros; 5) Servicios conexos.
La matrícula es el documento emitido por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF) que habilita como Operador Portuario en las diversas categorías. La matrícula de operador portuario otorgada por la SPTMF será de ámbito nacional y tendrá una vigencia de cinco años fiscales.
La matrícula es el documento emitido por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF) que habilita como Operador Portuario en las diversas categorías. La matrícula de operador portuario otorgada por la SPTMF será de ámbito nacional y tendrá una vigencia de cinco años fiscales.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 732, 13 de abril de 2016.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Repeals