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Resolución Nº 59 - Normativa Técnica aplicable para el Registro oficial de Asociaciones de criadores y Registros zootécnicos de razas bovinas puras y/o sintéticas con el fin de disponer de información para planes de mejoramiento genético y otros.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución expide la Normativa Técnica aplicable para el Registro oficial de Asociaciones de criadores y Registros zootécnicos de razas bovinas puras y/o sintéticas con el fin de disponer de información para planes de mejoramiento genético y otros. La presente normativa tiene por objeto establecer las normas básicas, mecanismos y procedimientos para la creación y desarrollo de las Asociaciones de criadores y Registros zootécnicos de razas bovinas puras y/o sintéticas, con el fin de: 1) Regular, normar, controlar y autorizar la creación de Asociaciones de criadores de razas bovinas puras y/o sintéticas; 2) Realizar el Registro genealógico de ganado bovino, a través de las asociaciones de criadores de la raza autorizada, que permita identificar, certificar su origen y monitorear las diferentes razas puras y/o sintéticas a nivel nacional para garantizar su filiación; 3) Valorar genéticamente los reproductores bovinos de razas puras y/o sintéticas, mediante la selección de índices productivos y reproductivos para su ingreso dentro del programa de mejoramiento genético respectivo; 4) Identificar dentro de las poblaciones de bovinos de razas puras y/o sintéticas individuos de alto valor genético; 5) Fomentar la creación de núcleos genéticos élite en las diferentes asociaciones de criadores de razas puras y/o sintéticas a nivel nacional.
Los contenidos mínimos para establecer los reglamentos específicos del libro genealógico son: a) determinación de las características de la raza (patrón racial), incluida su denominación, biotipo, sistema de calificación y categorización; b) métodos específicos usados en la identificación de los animales; c) división del libro genealógico, en caso de existir diversas condiciones de inscripción de los animales en el libro o diferentes procedimientos de clasificación o categorización de los animales inscritos; d) requisitos para la inscripción de los animales en el libro genealógico; e) medidas establecidas para garantizar la fiabilidad de la filiación o control de parentesco de los animales.
El Sistema Nacional de Información para el conocimiento y la gestión de las razas depende del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), con la colaboración y participación de las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas, para uso compartido y se constituye en una aplicación informática con tecnología Internet o Intranet que incluye una base de datos informatizada.
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 748, 5 de mayo de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No