Ley 5/2023 - De pesca sostenible e investigación pesquera.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley tiene por objeto la regulación de la pesca marítima, incluyendo: 1. Los requisitos para el acceso a los recursos pesqueros, así como el conjunto de medidas de protección, uso sostenible, conservación, regeneración y gestión de los mismos, en todo caso, sin perjuicio de las competencias exclusivas de las comunidades autónomas en materia de marisqueo y acuicultura, tanto dentro como fuera de aguas interiores, así como la pesca en aguas interiores. 2. El fomento de la recopilación de datos, el conocimiento y la investigación oceanográfica pesquera de competencia del Estado, en el ámbito de la política de pesca marítima. 3. La regulación del acceso a los recursos genéticos que tengan la consideración de recursos pesqueros. 4. La cooperación y coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones de la Política Pesquera Común. La Ley tiene aplicación en las aguas sometidas a soberanía o jurisdicción española, incluyendo el mar territorial, la zona económica exclusiva y la zona de protección pesquera del Mediterráneo, con excepción de las aguas interiores; las aguas no sometidas a soberanía o jurisdicción española, en relación con los buques de nacionalidad española. Se regulan los requisitos para el acceso a los recursos pesqueros de los buques matriculados y abanderados en España, inclusive la necesidad de adquirir una licencia de pesca; el Registro General de la Flota Pesquera; la autorización para la flota pesquera exterior; las medidas de conservación de los recursos pesqueros (limitación del volumen de capturas; regulación del esfuerzo pesquero; regulación de artes; regulación de la talla o peso mínimo de las especies; establecimiento de vedas); medidas de protección y regeneración de los recursos pesqueros; la declaración de zonas de protección pesquera; medidas de protección en los Espacios Naturales Protegidos y para las especies marinas protegidas; las actividades susceptibles de interaccionar con los recursos pesqueros, tales como la extracción de flora marina; medidas de gestión de los recursos pesqueros; la pesca recreativa en aguas exteriores; el acceso a los recursos genéticos que tengan la consideración de recursos pesqueros; etc.
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Date of text
Entry into force notes
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Repealed
No
Publication reference
Boletín Oficial del Estado Núm. 66, de 18 de marzo de 2023.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No