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Ley Nº 7/2018 - Modifica la Ley Nº 42/2007, Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente Ley modifica la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, con el fin de mejorar la aplicación de las políticas de lucha contra las especies exóticas invasoras, compatibilizando la imprescindible lucha contra las especies exóticas invasoras con su aprovechamiento para la caza y la pesca en aquellas áreas que, al estar ocupadas desde antiguo, su presencia no suponga un problema ambiental. La modificación incorpora una definición de los recursos zoogenéticos para la agricultura y la alimentación, que son aquellas especies de animales que se utilizan, o se pueden utilizar, para la producción de alimentos, la agricultura, la ganadería o la alimentación y que sean declaradas como tal por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente o que tengan reconocida dicha consideración por convenios u organismos internacionales de carácter oficial. Por especie naturalizada, se entiende aquella especie exótica establecida en el ecosistema con carácter permanente, introducida legalmente antes de la entrada en vigor de la presente Ley, y respecto de la que no existan indicios ni evidencias de efectos significativos en el medio natural en que habita, presentando además un especial interés, social o económico.
Se modifica el artículo que crea el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, cuya estructura y funcionamiento se regulará reglamentariamente y en el que se incluirán, cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje, todas aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural. Dicho catálogo dependerá del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, con carácter administrativo y ámbito estatal. La inclusión o exclusión de una especie en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras se llevará a cabo por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a propuesta de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, previa iniciativa de las comunidades autónomas o del propio Ministerio, cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje. Cualquier ciudadano u organización podrá solicitar la iniciación del procedimiento de inclusión o exclusión de una especie o subespecie, acompañando a la correspondiente solicitud una argumentación científica de la medida propuesta.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 176, 21 de julio de 2018.
Source language

Spanish

Legislation status
in force
Legislation Amendment
No