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Real Decreto Nº 435/2004 - Regular el Inventario nacional de zonas húmedas. Texto consolidado.

Country
Type of law
Regulation
Source


Abstract
El presente Real Decreto tienen por objeto regular el Inventario nacional de zonas húmedas al que se refiere el artículo 25 de la Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, con el fin de conocer su evolución y, en su caso, indicar las medidas de protección que deban recoger los planes hidrológicos de cuenca. La elaboración y el mantenimiento permanentemente actualizado del Inventario nacional de zonas húmedas corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza que, con la información suministrada por las comunidades autónomas, establecerá y mantendrá actualizada la base de datos del Inventario nacional de zonas húmedas en la que se sustenta dicho registro. Deben inscribirse en el Inventario nacional de zonas húmedas los espacios que reúnan las características establecidas en el Anexo I y, en su caso, aquellos que tengan expresamente atribuida la condición de zona húmeda en virtud de una norma específica de protección. La inclusión o exclusión de una zona húmeda en el Inventario nacional se lleva a cabo a efectos estadísticos y de investigación y no implica modificación del régimen de protección derivado de la legislación que le sea de aplicación.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del Estado Nº 73, 25 de marzo de 2004.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No