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Acuerdo Número 018-93 – Reglamento general de la Ley de Municipalidades.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Reglamento tiene por objetivo desarrollar complementariamente algunas de las disposiciones de la Ley de Municipalidades a fin de que permita su aplicación justa, oportuna y eficiente por parte de las Corporaciones Municipales y demás interesados en el ejercicio de las facultades que la Ley les confiere. La Municipalidad adoptará las formas de administración que le permitan crear y organizar otras unidades ejecutoras con amplias facultades de administración, creadas bajo sistemas administrativos y contables especiales. Elaborará los programas y estudios técnicos que el servicio público requiera y los coordinará con las políticas y directrices que tenga establecidas el Gobierno Central. Para los servicios públicos municipales, la Corporación Municipal, podrá crear organismos especiales que actúen en nombre y representación de la Municipalidad en lo relacionado con la prestación de dicho servicio. La autoridad competente para celebrar contratos será el Alcalde, requiriendo de la previa aprobación de la Corporación Municipal cuando la Ley de Municipalidades u otras leyes así lo determinen. Se establece el rol de la Corporación Municipal, la que, como órgano Legislativo Municipal emitirá, reformará y derogará normas de aplicación general en el término municipal que tendrán el carácter de ordenanzas; o disposiciones obligatoria y son de observancia para todos los vecinos, residentes y transeúntes. Se establecen normas sobre los cabildos abiertos y asambleas de carácter consultivo.
Date of text
Entry into force notes
El presente Reglamento General entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".
Repealed
No
Publication reference
Diario Oficial La Gaceta número 26975, de fecha 18 de febrero de 1993.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No