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Acuerdo mediante el cual se instrumenta el dispositivo nacional de emergencia de sanidad acuícola, en los términos del artículo 116 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con objeto de controlar y erradicar la ocurrencia de mortalidades atípicasen las unidades de producción de camarón en los estados de Nayarit, Sinaloa y Sonora.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
Por el presente Acuerdo se instrumenta el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Acuícola, en los términos del Artículo 116 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con objeto de controlar y erradicar la ocurrencia de mortalidades atípicas en las unidades de producción de camarón en los estados de Nayarit, Sinaloa y Sonora. Las medidas zoosanitarias quedan sujetas a una evaluación permanente del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) con apoyo de los sectores Productivo y Académico, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), el Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA) y las autoridades respectivas de los Gobiernos Estatales.
Date of text
Entry into force notes
El Acuerdo entró en vigor el 22 de agosto de 2013.
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 22 de agosto de 2013.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No