Decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se adicionan las fracciones X, XXVI y XLVII, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 3 de la Ley General de Vida Silvestre.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
El presente Decreto adiciona nuevas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y a la Ley General de Vida Silvestre en tema de protección de los animales. Se establece que Gobierno Federal, los gobiernos de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, regularán el trato digno y respetuoso que deberá darse a los animales. Corresponde al Gobierno Federal expedir las normas oficiales mexicanas que determinen los principios básicos de trato digno y respetuoso previsto por esta Ley, que incluyan condiciones de cautiverio, exhibición, transporte, alimentación, explotación, manutención y sacrificio de los animales, así como vigilar su cumplimiento.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial de la Federación, 5 de noviembre de 2013.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No