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Estatuto de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo.

Type of law
Agreement
Source

Abstract
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo es un organismo de coordinación previsto por el Tratado del Rio de la Plata y su Frente Marítimo, de 1973. El Estatuto de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo consta de 11 capítulos y 25 artículos. INDICE: Definiciones (I); Naturaleza jurídica (II); Sede (III); Funciones (IV); Relaciones con las partes (V); Integración y autoridades (VI); Sesiones y votación (VII); Secretarias (VIII); Recursos (IX); Inmunidades y privilegios (X); Disposiciones transitorias (XI).
La Comisión es un organismo internacional (art. 2º), con sede en la ciudad de Montevideo (art. 3º). La Comisión informará a las partes sobre el desarrollo de sus actividades por lo menos una vez al año (art. 5º). La Comisión está compuesta por 5 delegados de cada parte que podrán contar con la asistencia de asesores (art. 8º). La presidencia y vicepresidencia serán desempeñadas por períodos anuales y en forma alternada por los presidentes de cada delegación (art. 9º). La Comisión tiene una Secretaría Administrativa y una Técnica (arts. 15 a 20). Las partes efectuarán aportes iguales de los fondos y elementos necesarios (art. 21). La Comisión y su personal gozarán de las inmunidades y privilegios diplomáticos necesarios para el ejercicio de sus funciones (art. 22).
Date of text
Notes
El Estatuto fue acordado mediante el intercambio de Notas reversales del 15 de julio de 1974.
Repealed
No
Serial Imprint
Documentos Básicos. Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, 1977, págs. 35-41.
Publication reference
Documentos Básicos. Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, 1977, págs. 35-41.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No
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