Ley N° 306, de incentivos para la industria turística de la República de Nicaragua.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
Esta Ley, que consta de 9 Capítulos, tiene por objeto otorgar incentivos y beneficios a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen actividades turísticas.
El Capítulo 2 enumera los servicios y actividades turísticas que deben realizar las personas físicas o jurídicas para beneficiarse de los incentivos de esta Ley.
El Capítulo 3 trata de los incentivos y beneficios que pueden otorgarse y el Capítulo 4 de las concesiones estatales.
El Capítulo 5 introduce los Fondos de Capital de Inversión Turística, que son instituciones financieras privadas, bajo el control regulatorio de la Superintendencia General de Bancos y otras Instituciones Financieras, para participar con inversiones en proyectos que hayan sido inscritos en el Registro de Inversiones del Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR).
El Capítulo 6 regula la inscripción en el Registro de Inversiones en el que deberán inscribirse las personas naturales o jurídicas que deseen acogerse al régimen de incentivos de esta Ley. El Capítulo 7 describe las obligaciones a las que están sujetas todas las entidades que se acojan a esta Ley.
Los dos últimos Capítulos 8 y 9 contienen las sanciones y disposiciones finales.
El Capítulo 2 enumera los servicios y actividades turísticas que deben realizar las personas físicas o jurídicas para beneficiarse de los incentivos de esta Ley.
El Capítulo 3 trata de los incentivos y beneficios que pueden otorgarse y el Capítulo 4 de las concesiones estatales.
El Capítulo 5 introduce los Fondos de Capital de Inversión Turística, que son instituciones financieras privadas, bajo el control regulatorio de la Superintendencia General de Bancos y otras Instituciones Financieras, para participar con inversiones en proyectos que hayan sido inscritos en el Registro de Inversiones del Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR).
El Capítulo 6 regula la inscripción en el Registro de Inversiones en el que deberán inscribirse las personas naturales o jurídicas que deseen acogerse al régimen de incentivos de esta Ley. El Capítulo 7 describe las obligaciones a las que están sujetas todas las entidades que se acojan a esta Ley.
Los dos últimos Capítulos 8 y 9 contienen las sanciones y disposiciones finales.
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Web site
Date of text
Repealed
Yes
Publication reference
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 117 del 21 de junio de 1999.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Repealed by