Resolución Nº 9.03.10 - Procedimiento, requisitos e instrumentos para el Dictamen Técnico y Evaluación Ecotoxicológica para efecto del Registro de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras similares.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el Procedimiento, requisitos e instrumentos para el Dictamen Técnico y Evaluación Ecotoxicológica para efecto del Registro de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras similares. La presente Resolución es de obligatorio cumplimiento para las personas naturales o jurídicas que requieran un dictamen técnico ecotoxicológico, previo al registro ante el Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR), para la comercialización y uso en el territorio nacional de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras similares de nuevo ingreso y que no estén debidamente registradas y que no cuenten con sus respectivos dictámenes ecotoxicológicos. La vigencia de los dictámenes ecotoxicológicos de cada sustancia química será igual a la vigencia del registro otorgada por el MAGFOR, que es de 10 años a partir del registro de la sustancias.
La evaluación de riesgo se consideran los parámetros de clasificación de toxicidad establecidos para las distintas especies de animales, objetivos para medir efectos ambientales, así como los parámetros de clasificación para determinar persistencia, movilidad, lixiviación, contaminación en el suelo, en el agua, sedimento, en el aire y los parámetros establecidos para las distintas propiedades físico químicas de los productos.
Los parámetros de clasificación son datos matemáticos estándares o criterios de peligrosidad para determinar los riesgos sobre el ser humano y el medio ambiente por la exposición de éstos a los plaguicidas u otras sustancias tóxicas, derivados de estudios científicos y establecidos por organizaciones internacionales reconocidas, como la Organización Mundial para la Salud (OMS), Agencia para la Alimentación (FAO), la Agencia de Protección Ambiental de los EE. UU (US- EPA), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), y otros.
La evaluación de riesgo se consideran los parámetros de clasificación de toxicidad establecidos para las distintas especies de animales, objetivos para medir efectos ambientales, así como los parámetros de clasificación para determinar persistencia, movilidad, lixiviación, contaminación en el suelo, en el agua, sedimento, en el aire y los parámetros establecidos para las distintas propiedades físico químicas de los productos.
Los parámetros de clasificación son datos matemáticos estándares o criterios de peligrosidad para determinar los riesgos sobre el ser humano y el medio ambiente por la exposición de éstos a los plaguicidas u otras sustancias tóxicas, derivados de estudios científicos y establecidos por organizaciones internacionales reconocidas, como la Organización Mundial para la Salud (OMS), Agencia para la Alimentación (FAO), la Agencia de Protección Ambiental de los EE. UU (US- EPA), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), y otros.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 26, 9 de febrero de 2012.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Implements