Ley Nº 108 - Reforma disposiciones del Código Penal relativas al hurto pecuario, de productos agropecuarios o hidrobiológicos o de bienes dedicados a la actividad agraria.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley reforma el artículo 217 del Código Penal relativo al hurto pecuario, y el Código Judicial sobre desistimiento de la pretensión punitiva y fianza de excarcelación. El artículo 217 del Código Penal queda así: Quien se apodere de una o más cabezas de ganado que estén sueltas en dehesas, corrales o caballerizas, o promueva, patrocine, induzca, financie, facilite, colabore o incite con este hecho delictivo será sancionado con pena de seis a ocho años de prisión. Igual sanción se le aplicará a quien sin haber participado en la comisión del hecho adquiera o comercialice una o más cabezas de ganado hurtado o sus productos.
Se adiciona el artículo 217-A al Código Penal, así: Quien se apodere de productos agropecuarios o hidrobiológicos o de bienes dedicados a la actividad agraria que se encuentran en el sitio natural de producción, si el valor es superior a doscientos cincuenta balboas, será sancionado con pena de seis a ocho años de prisión. Igual sanción se le aplicará a quien se apodere, promueva, patrocine, induzca, financie, facilite, colabore o incite con este hecho delictivo, o a quien sin haber participado en la comisión del hecho adquiera o comercialice lo hurtado.
Se adiciona el artículo 217-A al Código Penal, así: Quien se apodere de productos agropecuarios o hidrobiológicos o de bienes dedicados a la actividad agraria que se encuentran en el sitio natural de producción, si el valor es superior a doscientos cincuenta balboas, será sancionado con pena de seis a ocho años de prisión. Igual sanción se le aplicará a quien se apodere, promueva, patrocine, induzca, financie, facilite, colabore o incite con este hecho delictivo, o a quien sin haber participado en la comisión del hecho adquiera o comercialice lo hurtado.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 27.420, 22 de noviembre de 2013.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No