Ley Nº 4 - Sistema de intereses preferenciales al sector agropecuario. Texto consolidado.
Country
Type of law
Legislation
Date of original text
Abstract
La presente Ley establece que los préstamos locales destinados al sector agropecuario calificado y al sector agroindustrial exportador de productos no tradicionales tendrán derecho a un descuento en la tasa de interés pactada con el banco o entidad financiera prestamista, los que serán reembolsados aplicándoles las retenciones que efectúen los bancos o entidades por acciones que dispone la ley. Los Beneficiarios son personas naturales y jurídicas que tengan la condición de productores agropecuarios, y productores y procesadores de sal del mar nacional. La aplicación de la presente Ley será determinada por una comisión integrada por el ministro de Economía y Finanzas, el ministro de Desarrollo Agropecuario y el superintendente de Bancos o por la persona en quien se delegue la representación.
El Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI), administrado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, se asegurará el funcionamiento del beneficio establecido en esta Ley.
El Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI), administrado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, se asegurará el funcionamiento del beneficio establecido en esta Ley.
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Date of consolidation/reprint
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 22.539, 19 de mayo de 1994.
Source language
Spanish
Legislation status
in force
Legislation Amendment
No
Amended by