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Resolución Nº 12-DAPB-2019 ─ Plan de Uso Público del Parque Nacional Coiba.

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Type of law
Regulation
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Abstract
La presente Resolución aprueba el Plan de Uso Público del Parque Nacional Coiba, que tendrá una vigencia d cinco años a partir de promulgación y deberá ser actualizado de forma participativa a la terminación de este período. El Plan de Uso Público del Parque Nacional Coiba se estructura en la aplicación de ciertas herramientas de planificación del uso público en las áreas protegidas como lo es el análisis de rango de oportunidades para visitantes en áreas protegidas, el análisis de límite de cambio aceptable y análisis de capacidad de carga que son elementos de base importantes para diferenciar programas que forman la base de su contenido. Es importante destacar que el Plan de Uso Público (PUP) parte del análisis de la zonificación establecida en el Plan de Manejo del Parque Nacional Coiba, como instrumento rector, el cual prescribe los distintos usos establecidos para cada una de las zonas.
Mediante la Decisión 29 COM 8B.13 promulgada por la UNESCO en Durban (Suráfrica) en julio de 2005, se incluye al Parque Nacional Coiba (PNC) y su Zona Especial de Protección Marina (ZEPM) en la lista de Sitios de Patrimonio Mundial de la UNESCO, debido a especiales características que caracterizan a esta área protegida: 1) Los bosques de la isla Coiba poseen una gran variedad de aves endémicas, mamíferos y plantas, convirtiéndola en un lugar natural excepcional como laboratorio de investigación científica. Además, Coiba también sirve como el último refugio de una serie de especies amenazadas que han desaparecido en gran parte del resto de Panamá, como el guacamayo escarlata. 2) Posee una formación importante de arrecifes en el Pacífico Oriental, caracterizados como complejos biológicos de interacciones de sus habitantes que proporcionan un vínculo ecológico clave con el Pacifico Este Tropical, para el tránsito y supervivencia de especies pelágicas y altamente migratorias, como por ejemplo de mamíferos marinos, tiburones, manta y tortugas. 3) Las islas dentro del área protegida son el único grupo de islas costeras en el Pacífico Oriental Tropical de poblaciones significativas de peces transpacíficos, es decir, especies indo‐pacíficas que se han establecido en el Pacífico Oriental. Estos ecosistemas marinos, que incluyen 760 especies de peces marinos, 33 especies de tiburones y 20 especies de cetáceos, son depósitos de una extraordinaria biodiversidad condicionada a la capacidad del Golfo de Chiriquí como barrera contra temperaturas extremas asociadas al fenómeno de El Niño / Oscilación del Sur. Cabe señalar además que el PNC y su ZEPM forman parte del Corredor Marino del Pacífico Este Tropical (CMAR), junto con las islas de Cocos (Costa Rica), Malpelo y Gorgona (Colombia) y Galápagos (Ecuador), considerado una de las zonas con mayor biodiversidad marina del mundo.
El Objetivo general del PUP es impulsar el desarrollo del turismo sostenible en el PNC y su ZEPM mediante el fortalecimiento de la capacidad de gestión, el ordenamiento de los sitios de vista y mejoramiento de la calidad de los productos turísticos, para que permitan el disfrute y satisfacción de los visitantes, así como la generación de alternativas sostenibles para el desarrollo socioeconómico de las poblaciones cercanas. Los Objetivos específicos del PUP, son: a) Establecer un ordenamiento del territorio para el uso público, en base a lo establecido en el Plan de Manejo y su zonificación vigente, a la identificación de sitios de visita y al establecimiento de normativas de uso; b) Proponer criterios para el monitoreo de los impactos producidos por el turismo al interior del PNC y su ZEPM; c) Plantear acciones, estrategias y normativas de manejo para el uso público; d) Elaborar un programa de interpretación que marque las pautas para guiones y recursos interpretativos de los valores naturales y culturales del PNC y su ZEPM; e) Establecer criterios para el desarrollo de las instalaciones y equipamientos necesarios para atender a los visitantes adecuadamente; f) Identificar proyectos prioritarios para el desarrollo de facilidades y servicios turísticos en el PNC y su zona de influencia; g) Promover lineamientos para mejorar la gestión del PN y ZEPM mediante la participación de las comunidades y el sector privado.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial Nº 28.798, 18 de junio de 2019.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No