This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto Supremo N.° 00075-2025-PCM que aprueba la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor al 2030.

Country
Type of law
Regulation
Policy
Source

Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor al 2030, de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Esta Política se implementa a través de los diferentes planes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), con la participación de las entidades involucradas, según corresponda. Para tal efecto, dichas entidades coordinan con la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), la implementación de los servicios identificados y otras acciones a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos de la referida Política Nacional. Los objetivos prioritarios (OPs) son los cambios que se buscan alcanzar para prevenir, reducir o solucionar el problema público. Estos son: OP.01 Reducir el desconocimiento de los derechos del consumidor en la ciudadanía; OP.02 Garantizar la disponibilidad de información en materia de protección del consumidor dirigida a la ciudadanía; OP.03 Incrementar el cumplimiento de las obligaciones recogidas en las normas de protección del consumidor por parte de los proveedores; OP.04 Garantizar los mecanismos de solución de controversias de consumo en las entidades competentes; OP.05 Fortalecer la gobernanza institucional entre miembros del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor.
Esta política plantea objetivos estratégicos que integran metas específi cas, las cuales buscan abordar el problema principal de bajo empoderamiento y protección de los consumidores mediante un enfoque integral. Para ello, se han establecido objetivos prioritarios como son: i) reducir el desconocimiento de los derechos del consumidor en la ciudadanía, ii) garantizar la disponibilidad de información para la toma de decisiones de consumo, iii) incrementar el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores en normas de protección al consumidor, iv) asegurar mecanismos de solución de controversias de consumo efectivos y v) fortalecer la gobernanza institucional entre los miembros del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor. El despliegue y desarrollo de acciones y entrega de servicios se enmarcan dentro de una Política basada en los enfoques de género, derechos humanos, territorialidad, interculturalidad y vulnerabilidad, con especial énfasis en quienes resulten más propensos a ser víctimas de prácticas contrarias a sus derechos por sus condiciones especiales.
Date of text
Entry into force notes
2025-2030
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No