Decreto Supremo n° 007-2024-jus que aprueba el reglamento de la ley de transparencia y acceso a la información pública.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
Con este Decreto se aprueba el Reglamento de la Ley N° 27806, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo texto está compuesto por cinco Disposiciones Generales, sesenta y siete artículos, seis Disposiciones Complementarias Finales, cuatro Disposiciones Complementarias Transitorias y un Anexo, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo.
El Reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley N° 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que en adelante se denominará “la Ley”, a fin de garantizar el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública, permitiendo un adecuado cumplimiento de sus disposiciones por parte de las entidades públicas y las personas naturales y jurídicas.
La finalidad es la de contribuir a la promoción de la transparencia de los actos del Estado y del ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública, regulado en el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
El Reglamento se aplica a las entidades de la Administración Pública señaladas en el artículo 2 de la Ley y sus modificatorias. Asimismo, en lo que respecta al procedimiento administrativo de acceso a la información, se aplica a las empresas del Estado.
El Reglamiento se organiza en 9 Títulos. El Título 1 estableche las obligaciones del funcionariado en materia de transparencia y acceso a la información pública y pone las reglas para su adecuado cumplimiento.
El Título 2 regula el procedimiento de atención de las solicitudes de acceso a la información pública. El Título 3 describe el tramite del recurso de apelación. El Título 4 regula la accesibilidad de la información contenida en los correos electrónicos institucionales. El Título 5 reglamenta el tratamiento de las información restringida.
La publicación de información en el portal de transparencia estándar es objeto del Título 6. El Título 7 normaliza la conservación de la información. El Título 8 introduce el informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública. El Título 9 describe el procedimiento sancionador.
El Reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley N° 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que en adelante se denominará “la Ley”, a fin de garantizar el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública, permitiendo un adecuado cumplimiento de sus disposiciones por parte de las entidades públicas y las personas naturales y jurídicas.
La finalidad es la de contribuir a la promoción de la transparencia de los actos del Estado y del ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública, regulado en el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
El Reglamento se aplica a las entidades de la Administración Pública señaladas en el artículo 2 de la Ley y sus modificatorias. Asimismo, en lo que respecta al procedimiento administrativo de acceso a la información, se aplica a las empresas del Estado.
El Reglamiento se organiza en 9 Títulos. El Título 1 estableche las obligaciones del funcionariado en materia de transparencia y acceso a la información pública y pone las reglas para su adecuado cumplimiento.
El Título 2 regula el procedimiento de atención de las solicitudes de acceso a la información pública. El Título 3 describe el tramite del recurso de apelación. El Título 4 regula la accesibilidad de la información contenida en los correos electrónicos institucionales. El Título 5 reglamenta el tratamiento de las información restringida.
La publicación de información en el portal de transparencia estándar es objeto del Título 6. El Título 7 normaliza la conservación de la información. El Título 8 introduce el informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública. El Título 9 describe el procedimiento sancionador.
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Date of text
Repealed
No
Publication reference
El Peruano. Normas Legales. Jueves 16 de mayo de 2024.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No