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Decreto Supremo Nº 008-2020-VIVIENDA ─ Modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto Supremo, — a fin de cumplir con los objetivos específicos de la Política Nacional de Saneamiento, aprobada por el Decreto Supremo Nº 007-2017-VIVIENDA y alcanzar el acceso universal a los servicios de saneamiento a la población urbana y rural se emitió el Decreto de Urgencia Nº 011-2020 que modifica la Ley Marco, con la finalidad de establecer medidas orientadas a alcanzar el acceso universal, sostenible y de calidad de los servicios de saneamiento, así como una eficiente gestión y prestación de los servicios de saneamiento —, modifica ampliamente el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.
Se modifican entre otras las siguientes funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento El Ministerio de Vivienda, ejerce las funciones siguientes: 1) Promover la sostenibilidad y eficiencia de la gestión y prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano y rural a través del Sistema de Fortalecimiento de Capacidades del Sector Saneamiento (SFC) u otro mecanismo aprobado por el Ente Rector; 2) Promover la elaboración, actualización e implementación de los Planes Regionales de Saneamiento y planes de desarrollo local; 3) Promover, diseñar y ejecutar las estrategias para la Valoración de los Servicios de Saneamiento y coordinar su implementación con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; 3) Promover la conservación de las fuentes naturales de agua que posibilitan la producción de agua potable para la prestación de los servicios de saneamiento, en coordinación con las autoridades competentes, a través de la declaración de zonas de protección, áreas de conservación y la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos hídricos, entre otros, que permitan alcanzar la seguridad hídrica.
Se reglamenta el Título V, Organismos Públicos Especializados del Sector Saneamiento y el Título IX, Alternativas para el Abastecimiento de Agua y el Tratamiento de Agua Residual.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 28 de mayo de 2020.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No