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Decreto Supremo Nº 015-2016-MINAGRI ─ Reglamento de la Ley Nº 30355, Ley de promoción y desarrollo de la agricultura familiar.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba el Reglamento de la Ley que tiene por objeto establecer las responsabilidades del Estado en la promoción y desarrollo de la agricultura familiar para la seguridad alimentaria, la conservación de la agrobiodiversidad, el uso sostenible de los recursos naturales, la dinamización de las economías locales, y la contribución al empleo rural. Se crea la Comisión Multisectorial de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, de naturaleza permanente, que depende del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), para el seguimiento y fiscalización del cumplimiento de la Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar y su Reglamento, así como un espacio para el intercambio de experiencias de los distintos sectores y dependencias públicas en la promoción y desarrollo de la agricultura familiar.
Constituyen características inherentes de la agricultura familiar: 1) Uso predominante de la fuerza de trabajo familiar; 2) Cuenta con acceso limitado a los factores de producción y extensiones de tierra; 3) La actividad productiva coincide o está muy cerca del lugar de residencia en el espacio rural y se desarrolla en una unidad productiva que puede ser o no propiedad de la familia; 4) Constituye una fuente de ingresos del núcleo familiar, aunque no necesariamente la principal; 5) Aun cuando pueda existir cierta división del trabajo, el jefe o jefa de familia no asume funciones exclusivas de conducción, sino que actúa como un trabajador más del núcleo familiar; 6) Contribuye a la seguridad alimentaria y nutricional así como a la generación de ingresos económicos mediante la creación, recreación, conservación y uso sostenible y resiliente frente al cambio climático de la agrobiodiversidad nativa y naturalizada.
Constituyen fuentes de financiamiento de la agricultura familiar: a) el Banco Agropecuario (AGROBANCO), que fortalece, amplía y, de ser el caso, crea programas de crédito, instrumentos y productos financieros, con características adecuadas a las unidades productivas de la agricultura familiar; b) la Comisión Multisectorial de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar promueve la participación de otros agentes financieros, en coordinación con otras instituciones del sistema financiero y del sistema de seguros y administradoras de fondos de inversión, mediante la creación de mecanismos e instrumentos de financiamiento y seguros adecuados a las necesidades y posibilidades de la agricultura familiar.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 22 de julio de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No