Decreto Supremo Nº 146-2017-EF — Disposiciones para el procedimiento de no objeción a proyectos o programas que se presenten al Fondo Verde para el Clima.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba el dispositivo que tiene por objeto establecer el procedimiento para el otorgamiento de la carta de no objeción a los proyectos o programas que se presenten ante el Fondo Verde para el Clima (FVC), así como la metodología correspondiente para la evaluación de los proyectos o programas que postulan a un financiamiento con recursos del FVC. Se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas, en su calidad de Autoridad Nacional Designada (NDA) ante el Fondo Verde para el Clima (FVC), para que mediante Resolución Ministerial apruebe disposiciones complementarias y documentos de gestión correspondientes para la adecuada implementación de la presente norma.
La finalidad del procedimiento de solicitud de no objeción es establecer un procedimiento transparente que garantice un análisis objetivo de los proyectos y programas que se presenten al FVC y que genere predictibilidad para todos los actores involucrados en la presentación de la propuesta de financiamiento.
La finalidad del procedimiento de solicitud de no objeción es establecer un procedimiento transparente que garantice un análisis objetivo de los proyectos y programas que se presenten al FVC y que genere predictibilidad para todos los actores involucrados en la presentación de la propuesta de financiamiento.
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Web site
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
El Peruano, 20 de mayo de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No