Decreto Supremo Nº N° 019-2017-VIVIENDA – Que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1280, que desarrolla la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento en el Perú. El Reglamento tiene como finalidad asegurar la calidad, eficiencia y sostenibilidad de los servicios de agua potable, alcantarillado, tratamiento de aguas residuales y disposición sanitaria de excretas, tanto en el ámbito urbano como rural, con el objetivo de alcanzar el acceso universal. Asimismo, establece definiciones clave, principios rectores y el marco general de actuación de las entidades públicas, prestadores y usuarios.
El texto regula las competencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como ente rector, así como las funciones de la Sunass como organismo regulador, del OTASS, de los gobiernos regionales y locales. Se precisan sus responsabilidades en materia de planificación, financiamiento, supervisión, regulación tarifaria, fortalecimiento de capacidades e integración de prestadores. También se establece el rol de las municipalidades en la explotación de los servicios y en la garantía de su prestación eficiente y sostenible.
El Reglamento define los distintos tipos de prestadores de servicios de saneamiento: empresas públicas (estatales o municipales), privadas, mixtas, unidades de gestión municipal, operadores especializados y organizaciones comunales en el ámbito rural. Asimismo, promueve la integración progresiva de prestadores para lograr economías de escala, prohíbe la desintegración o escisión injustificada y regula los procedimientos y criterios para la fusión e incorporación de entidades prestadoras.
Finalmente, se desarrollan las condiciones para la prestación de los servicios, incluyendo los requisitos de acceso, la factibilidad técnica, los niveles de calidad, la regulación económica y el destino de los ingresos. La Sunass establece estándares de calidad, supervisa el cumplimiento y regula tarifas y subsidios. El Reglamento enfatiza la sostenibilidad financiera, la protección ambiental, la gestión del riesgo de desastres y la inclusión social como pilares fundamentales del sistema de saneamiento nacional.
El texto regula las competencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como ente rector, así como las funciones de la Sunass como organismo regulador, del OTASS, de los gobiernos regionales y locales. Se precisan sus responsabilidades en materia de planificación, financiamiento, supervisión, regulación tarifaria, fortalecimiento de capacidades e integración de prestadores. También se establece el rol de las municipalidades en la explotación de los servicios y en la garantía de su prestación eficiente y sostenible.
El Reglamento define los distintos tipos de prestadores de servicios de saneamiento: empresas públicas (estatales o municipales), privadas, mixtas, unidades de gestión municipal, operadores especializados y organizaciones comunales en el ámbito rural. Asimismo, promueve la integración progresiva de prestadores para lograr economías de escala, prohíbe la desintegración o escisión injustificada y regula los procedimientos y criterios para la fusión e incorporación de entidades prestadoras.
Finalmente, se desarrollan las condiciones para la prestación de los servicios, incluyendo los requisitos de acceso, la factibilidad técnica, los niveles de calidad, la regulación económica y el destino de los ingresos. La Sunass establece estándares de calidad, supervisa el cumplimiento y regula tarifas y subsidios. El Reglamento enfatiza la sostenibilidad financiera, la protección ambiental, la gestión del riesgo de desastres y la inclusión social como pilares fundamentales del sistema de saneamiento nacional.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial El Peruano de 26 de junio 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No