Ley Nº 31315 - Ley de seguridad alimentaria y nutricional.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley tiene por objeto establecer el marco legal para el desarrollo de las políticas públicas sobre seguridad alimentaria y nutricional, tomando en consideración que el derecho a la alimentación es un derecho fundamental de las personas, reconocido por los acuerdos internacionales que el Perú ha suscrito. Se entiende por Seguridad alimentaria y nutricional, el acceso físico, económico y sociocultural de todas las personas en todo momento a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos, de manera que puedan ser utilizados adecuadamente para satisfacer sus necesidades nutricionales, a fin de llevar una vida activa y sana.
Constituyen dimensiones de la seguridad alimentaria y nutricional las siguientes: 1) Acceso — Adoptar medidas de fomento productivo, protección social, de infraestructura y otras, que permitan a la población acceder a alimentos nutritivos, mediante la generación de ingresos para su adquisición o medios para su producción; 2) Utilización — Aprovechar el potencial nutricional de los alimentos revalorando los hábitos y la cultura alimenticia de cada región, promoviendo el consumo de alimentos de producción local, siempre que estos sean inocuos y nutritivos; 3) Disponibilidad — Garantizar la provisión oportuna y adecuada en cantidad y calidad de alimentos inocuos y nutritivos a nivel local, regional y nacional; esta dimensión comprende los factores de producción, transformación, conservación, almacenamiento, comercialización e importación, las condiciones de comercio exterior y donaciones; 4) Estabilidad — Garantizar el continuo suministro, acceso y consumo de alimentos en el tiempo; 5) Institucionalidad — Implementar políticas públicas de seguridad alimentaria y nutricional coordinadas y articuladas de manera multisectorial e intergubernamental.
Son lineamientos de acción para la promoción de la seguridad alimentaria y nutricional los siguientes: a) Alentar una producción de alimentos sostenible y diversificada, incentivando la productividad, luchando contra las plagas y conservando los recursos naturales; b) Promover que los alimentos disponibles sean saludables y suficientes para satisfacer las necesidades de energía y nutrientes de la población; c) Promover la participación activa y coordinada de productores, comercializadores y consumidores, para la vigilancia del cumplimiento de las normas sobre seguridad alimentaria y nutricional; d) Adoptar medidas contra las amenazas a la seguridad alimentaria y nutricional, como son las sequías, la desertificación, las plagas, la erosión de la diversidad biológica, la degradación de tierras y aguas; e) Promover la investigación científica, tecnológica y productiva, pública y privada en materia de agricultura, ganadería, forestal, pesca y manejo sostenible de recursos naturales; f) Facilitar el acceso de alimentos y una adecuada nutrición, preferentemente, de las personas y poblaciones vulnerables; g) Fortalecer los componentes de educación, salud, higiene, vigilancia alimentaria y nutricional en las diversas intervenciones de salud pública a cargo del Estado; h) Recuperar y valorar los saberes ancestrales en la producción y consumo de alimentos; i) Fomentar la producción orgánica y ecológica de forma sostenible y diversificada, aprovechando el valor nutritivo de los productos de nuestra biodiversidad, así como su aprovechamiento con valor agregado; j) Propiciar condiciones favorables para la producción, comercialización y distribución de los productos de los pequeños y medianos productores del país; k) Dar seguimiento y evaluar los impactos de las políticas públicas de promoción de seguridad alimentaria y nutricional, para la posterior aplicación de las medidas de ajustes necesarias; l) Articular las intervenciones sobre seguridad alimentaria y nutricional ejecutadas por los tres niveles de gobierno.
Se establecen la continuidad de la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MINAGRI), que continúa coordinando los esfuerzos de las instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, y de los representantes de la sociedad civil, orientados al logro de la seguridad alimentaria y nutricional en el ámbito nacional. Asimismo, la continuidad de las políticas públicas sobre seguridad alimentaria y nutricional definidas en la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2013-2021, y en el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2015-2021, hasta que la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional realice su evaluación y proponga, según sea el caso, su modificación o sustitución a la Presidencia del Consejo de Ministro.
Constituyen dimensiones de la seguridad alimentaria y nutricional las siguientes: 1) Acceso — Adoptar medidas de fomento productivo, protección social, de infraestructura y otras, que permitan a la población acceder a alimentos nutritivos, mediante la generación de ingresos para su adquisición o medios para su producción; 2) Utilización — Aprovechar el potencial nutricional de los alimentos revalorando los hábitos y la cultura alimenticia de cada región, promoviendo el consumo de alimentos de producción local, siempre que estos sean inocuos y nutritivos; 3) Disponibilidad — Garantizar la provisión oportuna y adecuada en cantidad y calidad de alimentos inocuos y nutritivos a nivel local, regional y nacional; esta dimensión comprende los factores de producción, transformación, conservación, almacenamiento, comercialización e importación, las condiciones de comercio exterior y donaciones; 4) Estabilidad — Garantizar el continuo suministro, acceso y consumo de alimentos en el tiempo; 5) Institucionalidad — Implementar políticas públicas de seguridad alimentaria y nutricional coordinadas y articuladas de manera multisectorial e intergubernamental.
Son lineamientos de acción para la promoción de la seguridad alimentaria y nutricional los siguientes: a) Alentar una producción de alimentos sostenible y diversificada, incentivando la productividad, luchando contra las plagas y conservando los recursos naturales; b) Promover que los alimentos disponibles sean saludables y suficientes para satisfacer las necesidades de energía y nutrientes de la población; c) Promover la participación activa y coordinada de productores, comercializadores y consumidores, para la vigilancia del cumplimiento de las normas sobre seguridad alimentaria y nutricional; d) Adoptar medidas contra las amenazas a la seguridad alimentaria y nutricional, como son las sequías, la desertificación, las plagas, la erosión de la diversidad biológica, la degradación de tierras y aguas; e) Promover la investigación científica, tecnológica y productiva, pública y privada en materia de agricultura, ganadería, forestal, pesca y manejo sostenible de recursos naturales; f) Facilitar el acceso de alimentos y una adecuada nutrición, preferentemente, de las personas y poblaciones vulnerables; g) Fortalecer los componentes de educación, salud, higiene, vigilancia alimentaria y nutricional en las diversas intervenciones de salud pública a cargo del Estado; h) Recuperar y valorar los saberes ancestrales en la producción y consumo de alimentos; i) Fomentar la producción orgánica y ecológica de forma sostenible y diversificada, aprovechando el valor nutritivo de los productos de nuestra biodiversidad, así como su aprovechamiento con valor agregado; j) Propiciar condiciones favorables para la producción, comercialización y distribución de los productos de los pequeños y medianos productores del país; k) Dar seguimiento y evaluar los impactos de las políticas públicas de promoción de seguridad alimentaria y nutricional, para la posterior aplicación de las medidas de ajustes necesarias; l) Articular las intervenciones sobre seguridad alimentaria y nutricional ejecutadas por los tres niveles de gobierno.
Se establecen la continuidad de la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MINAGRI), que continúa coordinando los esfuerzos de las instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, y de los representantes de la sociedad civil, orientados al logro de la seguridad alimentaria y nutricional en el ámbito nacional. Asimismo, la continuidad de las políticas públicas sobre seguridad alimentaria y nutricional definidas en la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2013-2021, y en el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2015-2021, hasta que la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional realice su evaluación y proponga, según sea el caso, su modificación o sustitución a la Presidencia del Consejo de Ministro.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 26 de julio de 2021.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No