Resolución Nº 005-2017-OEFA ─ Reglamento de Supervisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el Reglamento de Supervisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), que tiene por objeto regular y uniformizar los criterios para el ejercicio de la función de supervisión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y de otras normas que le atribuyen dicha función al OEFA. El presente Reglamento es aplicable por: 1) la Autoridad de Supervisión; 2) los administrados sujetos a supervisión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; 3) los administrados sujetos a supervisión del OEFA, en el marco de otras normas que le atribuyen la función de supervisión. La finalidad de la función de supervisión es la de prevenir daños ambientales, promover la subsanación voluntaria de los incumplimientos de obligaciones fi scalizables y la obtención de los medios probatorios idóneos para sustentar el inicio del procedimiento administrativo sancionador o la imposición de las medidas administrativas, en caso corresponda, para garantizar una adecuada protección ambiental.
La función de supervisión se rige por los siguientes principios: a) Legalidad: el supervisor debe actuar con respeto a la Constitución, las normas legales y reglamentarias que sean aplicables, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; b) Costo-eficiencia: el desarrollo de la función de supervisión se llevará a cabo evitando generar costos excesivos e injustificados al administrado y a la Autoridad de Supervisión; c) Presunción de veracidad: toda la información que el administrado supervisado proporcione dentro de la supervisión y sus declaraciones se presumen que responden a la verdad de los hechos que ellos afirman; d) Preventivo y correctivo: las acciones de supervisión deben estar dirigidas a prevenir, evitar, detectar y/o corregir la comisión de acciones u omisiones, que podrían ser constitutivas de incumplimiento de obligaciones fiscalizables; e) Debido procedimiento: durante el desarrollo de la supervisión se brinda al administrado todas las garantías del debido procedimiento, incluyendo el derecho de acceso al expediente de supervisión en la que forme parte, en cualquier momento, de manera directa y sin limitación alguna de información; f) Supervisión orientada a riesgos: en el ejercicio de la supervisión se toma en consideración el impacto de los incumplimientos de las obligaciones fiscalizables que se puedan detectar y la probabilidad de su ocurrencia.
La función de supervisión se rige por los siguientes principios: a) Legalidad: el supervisor debe actuar con respeto a la Constitución, las normas legales y reglamentarias que sean aplicables, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; b) Costo-eficiencia: el desarrollo de la función de supervisión se llevará a cabo evitando generar costos excesivos e injustificados al administrado y a la Autoridad de Supervisión; c) Presunción de veracidad: toda la información que el administrado supervisado proporcione dentro de la supervisión y sus declaraciones se presumen que responden a la verdad de los hechos que ellos afirman; d) Preventivo y correctivo: las acciones de supervisión deben estar dirigidas a prevenir, evitar, detectar y/o corregir la comisión de acciones u omisiones, que podrían ser constitutivas de incumplimiento de obligaciones fiscalizables; e) Debido procedimiento: durante el desarrollo de la supervisión se brinda al administrado todas las garantías del debido procedimiento, incluyendo el derecho de acceso al expediente de supervisión en la que forme parte, en cualquier momento, de manera directa y sin limitación alguna de información; f) Supervisión orientada a riesgos: en el ejercicio de la supervisión se toma en consideración el impacto de los incumplimientos de las obligaciones fiscalizables que se puedan detectar y la probabilidad de su ocurrencia.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
El Peruano, 3 de febrero de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Repeals