Decreto Nº 11.681/75 - Reglamenta la Ley Nº 422, Ley Forestal.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 422, Ley Forestal, dispone que el Ministerio de Agricultura y Ganadería es el responsable de la administración forestal del Estado a través del Servicio Forestal Nacional. Los programas de trabajo del Servicio Forestal Nacional serán realizados en todo el país por la Jefatura de los Distritos Forestales y Centros Forestales, cuyos jefes o Directores son directamente responsables ante el Director del Servicio Forestal Nacional, o por la unidad auxiliar que operará en el nivel de Dirección del Servicio Forestal Nacional. El Servicio es el sucesor de todos los organismos y dependencias gubernamentales que tienen a su cargo la administración de los bosques, terrenos forestales y recursos de la fauna. Por consiguiente, todas las atribuciones, conferidas a tales dependencias en leyes, reglamentos, decretos, resoluciones en lo concerniente al sector forestal y vida silvestre se consideran transferidas al mismo. El Servicio tendrá a su cargo el Registro Público Forestal.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Implements
Implemented by