Decreto Legislativo Nº 442 - Ley de creación del Sistema Nacional de Salud de El Salvador (SNS).
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley crea el Sistema Nacional de Salud de El Salvador (SNS), que estará constituido por un conjunto de instituciones que forman parte de la administración pública interrelacionadas e integradas en su funcionamiento de manera armónica y sistematizada y cuya finalidad es elaborar y ejecutar políticas públicas que garanticen el derecho a la salud de la población. El Sistema establecerá mecanismos de coordinación para implementar políticas de prevención y de intervención, tendientes a incrementar, preservar, mantener y recuperar la salud de las personas, familias, comunidades y la población de lodo el territorio nacional; así como para cumplir todas las funciones que le corresponden al Sistema de Salud, sin delegar las responsabilidades del Estado.
El SNS tendrá como meta el cumplimiento de la garantía constitucional de acceso a los servicios de salud, como un derecho social de todos los habitantes del territorio y tendrá como características distintivas el humanismo, respeto al usuario, ética, calidez, universalidad, equidad, solidaridad, subsidiaridad, accesibilidad, calidad, integralidad, eficacia, eficiencia, oportunidad y participación social.
El SNS tendrá los siguientes objetivos: a) Desarrollar un modelo de atención basado en un enfoque de salud familiar que enfatice la promoción de la salud, la prevención del riesgo y del daño en el individuo, la familia y la comunidad; asimismo, que promueva el mejoramiento del medio ambiente, sin perjuicio de las actividades curativas y de rehabilitación tradicionales; b) Alcanzar una mayor cobertura y mayores niveles de atención en salud a toda la población salvadoreña, en condiciones de eficacia, eficiencia, y equidad en la provisión de los servicios y en función de las necesidades de la población; c) Reducir al mínimo desigualdades de los niveles de salud que persisten en diferentes regiones y grupos sociales del país; d) Destinar prioritariamente en cada ejercicio fiscal de acuerdo a las disponibilidades financieras, y fiscales del Estado, los recursos económicos necesarios para que la asignación presupuestaria en salud sea adecuada a las necesidades de la población, mejorando la infraestructura, recursos humanos, equipo médico, suministro de medicamentos; y en general, todos aquellos aspectos que permitan ampliada cobertura y la calidad en la prestación de los servicios de salud a la población; e) Promover que el acceso a los servicios de salud se base en los principios de equidad y solidaridad; f) Lograr la satisfacción de los usuarios, respetando sus derechos y valores; g) Generar oportunidades de desarrollo para los trabajadores de salud; h) Lograr la cohesión y el trabajo coordinado entre los diferentes actores.
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en su función de rectoría, coordinará la formulación de la Política Nacional de Salud de manera conjunta con los miembros del SNS. La Política Nacional de Salud, contendrá entre otros los siguientes elementos: 1) Promoción de la salud; 2) Vigilancia epidemiológica y sanitaria; 3) Salud ambiental; 4) Salud laboral; 5) Investigación en salud y desarrollo científico-tecnológico; 6) Acceso igualitario a los servicios de salud de los individuos, las familias y las comunidades; 7) Emergencias y catástrofes; 8) Inversiones en salud; 9) Tecnología médica y de apoyo; 10) Medicamentos e insumos médicos y no médicos.
El SNS tendrá como meta el cumplimiento de la garantía constitucional de acceso a los servicios de salud, como un derecho social de todos los habitantes del territorio y tendrá como características distintivas el humanismo, respeto al usuario, ética, calidez, universalidad, equidad, solidaridad, subsidiaridad, accesibilidad, calidad, integralidad, eficacia, eficiencia, oportunidad y participación social.
El SNS tendrá los siguientes objetivos: a) Desarrollar un modelo de atención basado en un enfoque de salud familiar que enfatice la promoción de la salud, la prevención del riesgo y del daño en el individuo, la familia y la comunidad; asimismo, que promueva el mejoramiento del medio ambiente, sin perjuicio de las actividades curativas y de rehabilitación tradicionales; b) Alcanzar una mayor cobertura y mayores niveles de atención en salud a toda la población salvadoreña, en condiciones de eficacia, eficiencia, y equidad en la provisión de los servicios y en función de las necesidades de la población; c) Reducir al mínimo desigualdades de los niveles de salud que persisten en diferentes regiones y grupos sociales del país; d) Destinar prioritariamente en cada ejercicio fiscal de acuerdo a las disponibilidades financieras, y fiscales del Estado, los recursos económicos necesarios para que la asignación presupuestaria en salud sea adecuada a las necesidades de la población, mejorando la infraestructura, recursos humanos, equipo médico, suministro de medicamentos; y en general, todos aquellos aspectos que permitan ampliada cobertura y la calidad en la prestación de los servicios de salud a la población; e) Promover que el acceso a los servicios de salud se base en los principios de equidad y solidaridad; f) Lograr la satisfacción de los usuarios, respetando sus derechos y valores; g) Generar oportunidades de desarrollo para los trabajadores de salud; h) Lograr la cohesión y el trabajo coordinado entre los diferentes actores.
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en su función de rectoría, coordinará la formulación de la Política Nacional de Salud de manera conjunta con los miembros del SNS. La Política Nacional de Salud, contendrá entre otros los siguientes elementos: 1) Promoción de la salud; 2) Vigilancia epidemiológica y sanitaria; 3) Salud ambiental; 4) Salud laboral; 5) Investigación en salud y desarrollo científico-tecnológico; 6) Acceso igualitario a los servicios de salud de los individuos, las familias y las comunidades; 7) Emergencias y catástrofes; 8) Inversiones en salud; 9) Tecnología médica y de apoyo; 10) Medicamentos e insumos médicos y no médicos.
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Date of text
Repealed
Yes
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No