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Decreto Nº 54 - Reglamento del Sistema de Seguimiento y Control Satelital de Embarcaciones Industriales en la Operación Pesquera de la Ley General de Ordenación y Promoción de Pesca y Acuicultura.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El objeto del presente Reglamento es establecer el marco jurídico para la implementación y desarrollo de los artículos 22-A, 22-8, 22-C y 22-D a la Ley General de Ordenación y Promoción de Pesca y Acuicultura, contribuyendo al aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros, a través de un mayor control de las operaciones de las embarcaciones pesqueras y prevenir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. El presente Reglamento será de obligatorio cumplimiento para las embarcaciones industriales autorizadas para la pesca, que cuenten con licencia de pesca vigente. Los armadores de embarcaciones pesqueras industriales matriculadas en El Salvador, que desarrollen actividades pesqueras extractivas en aguas de jurisdicción nacional, deberán portar a bordo y mantener en funcionamiento el Equipo de Seguimiento de Barcos (ESB), el cual enviará información al Centro de Seguimiento y Control Satelital (CSCS). La misma obligación deberán cumplir los armadores de embarcaciones matriculadas en El Salvador que operen en aguas no jurisdiccionales.
Date of text
Entry into force notes
El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No