Decreto Nº 306/995 - Talla mínima de captura y desembarque de la especie pez espada (Xiphias gladius).
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Decreto fija la talla mínima de captura y desembarque de la especie pez espada (Xiphias gladius) en 25 kilogramos por unidad. Establece una tolerancia, para aquellos armadores cuyas unidades hayan capturado fortuitamente peces pequeños, de hasta un 15 por ciento del peso total de descarga por viaje, de esta especie. Fija también la talla mínima de captura y desembarque de las especies Ojo grande (Thunus obesus) y Atún aleta amarilla (Thunus albacares) en 3,2 kilogramos. En base a las medidas de regulación recomendadas por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT).
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Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 24.364, 30 de agosto de 1995, págs. 388-A y 389-A.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No