This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto Ley 1939 – Normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado.

Country
Type of law
Legislation
Date of original text
Date of latest amendment
Source

Abstract
La presente Ley establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado. Las facultades de adquisición, administración y disposición sobre los bienes del Estado o fiscales que corresponden al Presidente de la República, las ejercerá por intermedio del Ministerio de Tierras y Colonización (Ministerio de Bienes Nacionales), sin perjuicio de las excepciones legales. Corresponderá al Ministerio formar y conservar el catastro de los bienes raíces de propiedad fiscal y de todas las entidades del Estado. Se establece que las tierras fiscales situadas hasta una distancia de 10 kilómetros, medidos desde la frontera, sólo podrán ser obtenidas en propiedad, arrendamiento o a cualquier otro título, por personas naturales o jurídicas chilenas, además de otras limitaciones. Los predios que hubieren sido declarados como áreas protegidas del Estado, conforme a la legislación respectiva, no podrán ser destinados a otro objeto ni perderán esa calidad sino en la forma establecida en la Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas. Se establecen normas especiales sobre la expropiación.
La Ley consta de 103 artículos organizados en los siguientes títulos: I. Disposiciones generales; II. Adquisición de bienes por el Estado; III. Administración de bienes por el Estado; IV. Disposición de bienes del Estado; V. De las derogaciones; VI. Del registro de contratistas y contratación de acciones de apoyo.
Notes
Última modificación: Ley Nº 21600 de 12 de agosto de 2023, publicada en el Diario Oficial el 6 de septiembre de 2023.
Repealed
No
Serial Imprint
Publicada en el Diario Oficial del 10 de noviembre de 1977.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No