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Ley Nº 20.417 - Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.

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Type of law
Legislation
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Abstract
La presente Ley aporta algunas enmiendas a la Ley Nº 19.300, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. En particular, incorpora nuevas disposiciones en tema de Evaluación de Impacto Ambiental y los relativos procedimientos administrativos (declaraciones, documentación a presentar).
En lo referente a las enmiendas a la Ley Nº 19.300, cabe destacar que se incluyen nuevas disposiciones sobre Evaluación Ambiental Estratégica, que es el procedimiento realizado por el Ministerio para que se incorporen las consideraciones ambientales del desarrollo sustentable al proceso de formulación de las políticas y planes de carácter normativo general, que tengan impacto sobre el medio ambiente o la sustentabilidad, de manera que ellas sean integradas en la dictación de la respectiva política y plan, y sus modificaciones sustanciales. Se establece que siempre deberán someterse a evaluación ambiental estratégica los planes regionales de ordenamiento territorial, planes reguladores intercomunales, planes reguladores comunales y planes seccionales, planes regionales de desarrollo urbano y zonificaciones del borde costero, del territorio marítimo y el manejo integrado de cuencas o los instrumentos de ordenamiento territorial que los reemplacen o sistematicen. Por otro lado, se incorporan nuevas normas acerca de las declaraciones de Impacto Ambiental, los relativos medios también electrónicos y las correspondientes verificaciones, además de las materias que deberán considerar tales declaraciones.
Además, se incorporan nuevas disposiciones sobre el derecho de acceso a la información ambiental: toda persona tiene derecho a acceder a la información de carácter ambiental que se encuentre en poder de la Administración, de conformidad a lo señalado en la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública. A tal fin se entiende por información ambiental toda aquella de carácter escrita, visual, sonora, electrónica o registrada de cualquier otra forma que se encuentre en poder de la Administración y que verse sobre las cuestiones enumeradas en el nuevo artículo 31 bis.
A nivel institucional, se modifica el Título final de la Ley Nº 19.300 y por ende se modifican las disposiciones que regulan la naturaleza y funciones del Ministerio del Medio Ambiente. Asimismo, la Ley establece la Superintendencia del Medio Ambiente y define sus cometidos. La Superintendencia se constituye como un servicio público funcionalmente descentralizado, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente. La superintendencia tiene por objeto ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los Planes de Prevención y de Descontaminación Ambiental, del contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo.
También se introducen algunas modificaciones al texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, en los aspectos relacionados con las declaraciones de parques y reservas marinos.
Las restantes disposiciones actualizan la normativa sobre Monumentos Nacionales, el Código de Aguas y la conservación de recursos renovables.
Notes
Ultima Modificación 28-JUN-2012 Ley 20600
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 39.570, 26 de enero de 2010.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No